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El informe municipal de Noria 4 señala que el proyecto carecía de ático y bajo cubierta

Concluye que es lo que se encuentra en situación de «disconformidad con el planeamiento vigente» y que no es posible su legalización | Mantiene que, por lo demás, el inmueble se ajusta a la licencia municipal

Edificio situado en el número 4 de la calle Noria que es susceptible de derribo. |  G. Núñez

Edificio situado en el número 4 de la calle Noria que es susceptible de derribo. | G. Núñez

Cangas

El informe técnico municipal relacionado con el edificio Noria 4, encargado por el gobierno municipal de Cangas para incorporar al recurso interpuesto ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) contra la valoración de 7,8 millones de euros que realizó de indemnización a compradores de buena fe, analiza la edificación objeto del expediente y evalúa las zonas de la edificación susceptibles de la legalización conforme a lo dispuesto en las vigentes Normas Subsidiarias que fueron aprobadas el 7 de octubre de 1994.

El inmueble objeto del citado informe presenta la siguiente ordenación con lo dispuesto en las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cangas: la clasificación del suelo es urbano consolidado y la ordenanza de aplicación es la URTA. Determina el documento que el edificio se sitúa en la vía pública de la calle Noria, ajustándose a las alineaciones definidas por los planos de ordenación, alineaciones y rasantes de las Normas Subsidiarias. En relación a las salientes, el proyecto que se presentó establece un vuelo cerrado de 1.0 metros, presentando una altura mínima libre respecto de la rasante de la acera de 3,50 metros. La edificación tiene recogida de aguas pluviales por lo que no se vierte a la vía pública, por lo que en este sentido el inmueble cumple. También señala que el proyecto presentado plantea cubiertas planas. Describe que el proyecto presentado se ajusta a lo regulado por el título III de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias en relación con los instrumentos de ejecución para los proyectos de legalización de edificación. El documento presentado define el uso de destino de la edificación como residencial en segunda categoría para vivienda en edificio colectivo. La planta baja se destina a uso comercial, pudiéndose, en cualquier caso, ocupar con cualquiera de los usos permitidos señalados en la ordenanza de aplicación. Las dos plantas se destinan a garaje-aparcamiento. Noria 4 cuenta con sótanos destinados a aparcamiento, planta baja, entreplanta, cuatro plantas, ático y aprovechamiento bajo cubierta, por lo que según las Normas Subsidiarias, las plantas ático y aprovechamiento bajo cubierta se encuentran en situación de disconformidad con el planeamiento vigente.

Búsqueda de soluciones a un problema ya social

El gobierno local trata de presentar ante los tribunales de justicia una situación que conlleva un problema social y, de forma paralela, busca fórmulas políticas y administrativas para aminorar el impacto de la sentencia del TSXG que ordena la demolición parcial del inmueble. Si que es cierto que anteriores gobiernos también intentaron solucionar por la vía de la negociación con los denunciantes este conflicto que se enquista en el tiempo y que genera gran incertidumbre entre los propietarios del inmueble, pero no se consiguió. Ahora se exploran nuevas vías con gobierno y oposición unidos.

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