Anduxía pide incluir el yacimiento de Pescadoira en el catálogo del litoral
El colectivo ecologista lamenta el carácter «confuso» de los usos autorizables en los bienes

Una vista del yacimiento romano de Pescadoira, en Bueu. / Gonzalo Núñez
El Concello de Bueu no ha sido el único que ha presentado alegaciones al Catálogo de Bens de Valor Cultural no Litoral de la Xunta de Galicia para el municipio. Desde la Asociación Ecoloxista Anduxía también han presentado un escrito, que en parte coincide con algunas de las sugerencias municipales, pero que incluye aspectos a mayores. Uno de ellos es la inclusión en este documento del yacimiento romano de Pescadoira, situado a escasos metros de la costa y cuya actividad estaba directamente vinculada al mar.
Este asentamiento, con una cronología estimada entre los siglos II y IV después de Cristo, es un elemento cultural de «importantísimo valor», argumenta Anduxía en su alegación. Las excavaciones efectuadas hasta la fecha constatan una primera fase de ocupación de carácter industrial, vinculada a la salazón y a la fabricación de ánforas, y una segunda etapa de uso residencial. El yacimiento aparece recogido dentro de la relación de bienes patrimoniales a proteger en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Bueu.
El Catálogo de Bens de Valor Cultural no Litoral sí que incluye el antiguo astillero de Banda do Río, conocido como de «Purro». Esta carpintería de ribera figura como un bien industrial, pero desde Anduxía entienden que la clasificación debería ser como bien etnográfico debido a su relevancia cultural. «É un elemento inventariado e protexido pola Consellería de Cultura e polo PXOM de Bueu e abarca moitos aspectos etnográficos que ván moito máis alá do seu uso meramente industrial», expone Anduxía en sus alegaciones.
La antigua salazón de Ancoradouro, en Cabo Udra
El documento de la Xunta recoge entre los bienes a proteger los restos de la antigua salazón de Ancoradouro y entre los usos autorizables figura la «ampliación en planta e altura». El colectivo ecologista pide que se elimine ese uso ya que sería algo incompatible con un espacio que forma parte de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de Cabo Udra, donde además la normativa autonómica y el PXOM de Bueu prohíben este tipo de obras.

Los restos de la antigua salazón de Ancoradouro, en Cabo Udra. / X.G.
En este punto de las alegaciones también se incluye la antigua conservera de A Roiba, la conocida «casa-barco» del arquitecto Ramón Vázquez Molezún y los tres conjuntos de viviendas de la Praia de Beluso. El Catálogo de Bens de Valor Cultural no Litoral apunta la posibilidad de una ampliación en altura, algo que no permiten las normas urbanísticas municipales. De hecho, las alegaciones presentadas por el Concello de Bueu se refieren a este mismo aspecto.
Del carácter excesivamente genérico de esta primera versión Catálogo de Bens de Valor Cultural no Litoral da fe el hecho de que aparezcan como usos autorizables la ampliación en planta de elementos como petroglifos, horreos, pecios o yacimientos arqueológicos. Algo completamente inviable y por ello desde Anduxía lamentan el carácter «confuso» del documento. Un ejemplo es la Laxe do Crego, en la isla de Ons, que es un sarcófago antropomorfo excavado en una roca en medio de mar. Por ello resulta chocante que entre los usos autorizados aparezca la «ampliación solo en planta».
El colectivo ecologista de Bueu también aprovecha para realizar una reflexión sobre este Catálogo de Bens de Valor Cultural no Litoral, al que se refiere como un arma de doble filo. Por un lado, puede ser útil para poner en valor bienes y elementos culturales. Pero por el otro se teme que abra la puerta a cambios de usos y a la explotación privada de algunos de ellos, como podrían ser hoteles, apartamentos, restaurantes... «aproveitando e ubicación privilexiada destes bens culturais na nosa costa».
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