La Audiencia envía a prisión al acusado de agredir a su pareja y retenerla en su piso
Considera que se dan las circunstancias para revocar la sentencia del Juzgado Número 2 de Cangas
La víctima denuncia que fue golpeada física y sexualmente y terminó en el hospital

Sede de la Audiencia de Pontevedra. / Gustavo Santos
La Sección Número 4 de la Audiencia de Pontevedra envía a la cárcel de manera provisional al hombre acusado de agredir física y sexualmente a su pareja canguesa que la llevaron a acabar en el hospital. El Juzgado Número 2 de Cangas había dictado libertad provisional, con la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en los juzgados de Cangas, así como la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 300 metros, prohibición de comunicarse con ella hasta que recaiga sentencia firme. Los hechos denunciados tuvieron lugar lugar, supuestamente, el pasado martes, 27 de agosto, cuando el hombre acudió al domicilio de su pareja y que, a partir de dicho día, y hasta el domingo día 1 de septiembre de 2024, el detenido le impidió abandonar la vivienda mediante la retirada de sus pertenencias y la imposición de salir a la calle acompaña por él, hasta que logró marcharse aprovechando un descuido y con la ayuda de un visitante. Supuestamente, durante ese tiempo, el individuo agredió varias veces físicamente, llegando al golpear a la víctima en la cabeza, rodeando su cuello con las manos o empujarla contra el mobiliario, incluso la agredió sexualmente con penetración. «Las citadas lesiones, sin perjuicio de la provisionalidad de estas conclusiones y de las diligencias que restan por practicar , concuerdan con agresiones físicas consistentes en que el denunciado hubiera propinado diversos golpes a la denunciante y le hubiera apretado el cuello. también corroboran la versión de la víctima parcialmente admitida por el denunciado de que este último la ató con citas para inmovilizarla y la penetró al menos vaginalmente con los dedos y/o pene. Asimismo, pueden guardar relación con las lesiones en la zona cervical apreciadas por el servicio de neurología y que a dado lugar al ingreso hospitalario»
Sobre el denunciado constan también antecedentes penales entre ellos por lesiones y maltratos cometidos en el ámbito de la violencia sobre la mujer o doméstica y de quebrantamiento de condena o de medida, estos últimos datan del año 2020. En la sentencia se habla de que el denunciado es un habitual consumidor de drogas.
La Audiencia de Pontevedra no comparte el criterio del Juzgado Número 2 de Cangas y entienda que lo cierto es que en el caso se cumplen todos los requisitos de legalidad previstos y la medida de privación de libertad debió de adoptarse en su momento.
La Audiencia revoca la sentencia de Cangas y decreta la prisión comunicada y sin fianza para el presunto agresor, manteniendo la prohibición de comunicación y aproximación fijadas.
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