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El Supremo obliga a tramitar una licencia que incluye el derribo de una casa en Pescadoira

Impone volver a la fase de estudio de detalle y valorar las condiciones de un posible permiso | La decisión no significa autorizar la demolición | La vivienda está catalogada en el PXOM

El paseo de Pescadoira, en Bueu, con la vivienda antigua catalogada delante de la playa urbana. | // SANTOS ÁLVAREZ

El Tribunal Supremo ordena al Concello de Bueu a retomar la tramitación de un expediente para la concesión de licencia para una obra en Pescadoira, un proyecto que incluye el derribo de una vivienda antigua que aparece recogida en el Catálogo de Bens Culturais, Naturais e Paisaxísticos del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM). El alto tribunal obliga a retrotraer la tramitación al mismo momento en el que quedó aprobado el estudio de detalle y a partir de ahí determinar si se puede conceder licencia y, en ese caso, bajo qué condiciones.

La promotora decidió demandar al Concello de Bueu por el retraso a la hora de resolver el expediente y solicitaba que ese silencio administrativo se entendiese como positivo. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra rechazó esta pretensión, aunque en su sentencia también le reprochaba a la administración local su lentitud a la hora de resolver y reconocía el “razonable hartazgo” de la empresa. La promotora recurrió ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que le dio parcialmente la razón. Esto a su vez provocó que el Concello acudiese en vía de casación al Tribunal Supremo, que no tuvo en cuenta su recurso.

Los tribunales entienden que no procede otorgar licencia por silencio administrativo, pero sí que obligan a retomar el expediente desde el momento en el que se aprobó el estudio de detalle. Este instrumento urbanístico fija las alineaciones y la ordenación de volúmenes en el ámbito y su aprobación era un requisito imprescindible puesto el inmueble está emplazado en la franja de los 20 metros de servidumbre de Costas del Estado. El departamento estatal en su día le dio el visto bueno al documento presentado por la empresa promotora, Dimarco.

Un primer plano de la vivienda en ruinas situada en Pescadoira, en Bueu. SANTOS ALVAREZ

Desde la Concellería de Urbanismo reconocen que este estudio de detalle fue aprobado y publicado, pero defienden que eso no implica de manera automática la concesión de la licencia de obra. “El expediente de obra no estaba completo”, subraya el concejal Martín Villanueva. Al mismo tiempo, recuerda que la demora municipal se debió a la “coincidencia temporal” con la tramitación y aprobación del PXOM.

La imposición de retrotraer el expediente al momento de aprobación del estudio de detalle obligará a los técnicos municipales a determinar qué ordenanza y regulación urbanística debe aplicarse, aunque parece que la licencia debería ajustarse a las antiguas Normas Subsidiarias. Eso tampoco significa necesariamente que se autorice el derribo de esta vivienda para la construcción de un edificio.

La aprobación del catálogo de bienes culturales y patrimoniales surte efecto desde la aprobación inicial del PXOM. El inmueble cuenta con un grado de protección ambiental y eso significaría conservar la fachada. El equipo redactor justifica la protección de esta vivienda en que posee “características formales propias de la arquitectura tradicional, muros de cantería granítica caleados [...], la fachada principal tiene composición asimétrica, destacando los torna aguas de la planta primera”.

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