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El Concello recurre al Tribunal Supremo para evitar indemnizar a compradores de buena fe en Noria 4

El gobierno de Cangas presentó recurso de casación ante la decisión del TSXG que le obliga a garantizar ese dinero | Advierte que no se trata de un edificio que se derriba por anulación de licencia, sino porque no la tenía

Edificios Noria 2, en Cangas. | // FDV

El Concello de Cangas presentó recurso del casación ante el Tribunal Supremo ante la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que le obliga a adoptar medidas para garantizar las indemnizaciones a las que hubiera lugar a los compradores de buena fe en el edificio Noria 4, sobre el que pesa una sentencia de derribo del año 2011. Los asesores jurídicos del Concello de Cangas entienden que no es un edificio que se derribe por anulación de licencia, sino porque se construyó sin la misma. En el inmueble viven actualmente 70 familias.

Los asesores jurídicos del Concello de Cangas se acogen al artículo 108.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para recurrir en casación. El citado artículo fue un añadido introducido en la misma con el objeto de solventar el problema que había surgido por la declaración de inconstitucionalidad de las leyes cántabra y gallega de vivienda que incluya un precepto similar, aunque no igual, para evitar que los terceros adquirentes de buena fe de una vivienda afectada por una demolición urbanística pudiesen salir doblemente perjudicados al quedarse sin casa y sin indemnización. “El juez o tribunal, en los casos en que, además de declarar contraria a la normativa la construcción de un inmueble, ordena motivadamente la demolición del mismo y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada, exigirán, como condición previa a la demolición, y salvo que una situación de peligro inminente lo impidiera, la presentación de garantías suficientes para responder del pago de la indemnizaciones debidas a terceros de buena fe... Consiguientemente, el juzgador que dicta la sentencia que implica la demolición, para aplicar el artículo 108.3 no tiene que declarar derecho de indemnización alguno; lo que tiene que hacer es verificar la presentación de garantías suficientes, a los efecto de la realización de un eventual derecho de indemnización que pueda declarase en el futuro por el daño causado por la demolición acordada o derivada de una sentencia...”

Los en su día abogados de la comunidad de vecinos de Noria 4 aconsejaron a la misma personarse en el recurso presentado por el Concello de Cangas y oponerse ante su negativa a consignar garantías ante la posible existencia de propietarios con la consideración de terceros de buena fe. Los abogados argumentaban que la administración local “no ha tramitado expediente alguno con audiencia de interesados para llegar a esa conclusión de inexistencia de terceros de buena fe”. Para los vecinos afectados es fundamental acreditar que cuando compraron su vivienda desconocían cualquier tipo problemática o proceso judicial.

En el pasado mes de marzo, el TSXG concedió un mes de plazo al Concello de Cangas para que aportara un plan de actuación para acometer el derribo del edificio, en el centro de la villa y dos meses ara que presente garantías suficientes para poder indemnizar a los propietarios que tenga la consideración de terceros de buena fe. El auto tiene fecha de 31 de enero y en el mismo se advierte nuevamente al gobierno local de la posibilidad de imponer multas coercitivas.

En su momento, el Concello ya comunicó a Justicia que crece de los medios necesarios para la redacción del proyecto de demolición y de su posterior ejecución y había solicitado la ayuda de la Diputación de Pontevedra, que fue rechazada.

El Concello defiende que la sentencia del TSXG no anula una licencia de construcción, por lo que subraya que en modo alguno la demolición del edificio viene dada de la declaración de nulidad de un acto administrativo de concesión de licencia de obras por parte del Concello de Cangas.

Hay que recordar que también que el TSXG archivó el proceso de mediación intrajudicial para frenar el derribo de Noria 4. El tribunal no vio voluntad de las partes por llegar a un acuerdo.

Una lista de terceros que ya fue elaborada

La comunidad de vecinos de Noria 4 asegura que el Concello de Cangas dijo en su momento que el Ayuntamiento no podía decir que no tiene constancia de terceros de buena fe que compraron sin saber que el edificio era ilegal, solo porque se negaba a identificar a los propietarios. La comunidad que gestiona Noria 4 mantenía que era obligación del Concello hacer una relación de propietarios e identificar a los terceros de buena fe, cuestión que, según manifestó ayer Mariano Abalo, está hecha. Este año, el TSXG volvió requerir al Concello de Cangas para que elaborara un nuevo plan de demolición del edificios Noria 4. El último presupuesto de demolición realizado alcanzaba los 775.638,88 euros, no muy lejos del millón de euros, que seguro que sobrepasaría hoy en día. Este presupuesto tiene más de ocho años. Cuesta más realizar la demolición que pagar lo que quiere la persona que promovió la demanda, de ahí que los propietarios consideran que al Concello de Cangas le resultaría más rentable ayudar a pagar que derribar. El denunciante pide una determinada y elevada cantidad de dinero que los propietarios no están dispuestos a entregar y menos cuando el Concello de Cangas ya manifestó su intención de no ayudar a pagar la indemnización al denunciante.

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