Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Agresiones a curas e impuestos

El presbítero de Corio fue sacudido por el escribano cuando se disponía a oficiar misa

Iglesia de Coiro, donde el presbítero fue agredido. | // G.N.

Año 1815- Agresión al presbítero de Coiro

Le esperaba, sabía que de un momento a otro llegaría, vendría a celebrar misa como de costumbre a la Colegiata de la villa. Se trata del escribano de Vigo D. Carlos Gómez Labandoira que impaciente aguardaba a D. Manuel Cordero presbítero de Coiro. Cuando llegó y poner los pies en los escalones del atrio, se le acercó el escribano y sin mediar palabra, le asestó con la mano abierta un bofetón en el rostro con tal violencia, fue a dar con su cuerpo en el suelo y su sombrero de teja por el aire.

El presbítero (sacerdote solo autorizado a celebrar misa) denunciaba la agresión sufrida ante el notario D. J. Benito Bermúdez de Castro dando pormenores de los hechos. Relataba que hace unos diez días, había ido a celebrar su misa diaria a la iglesia parroquial cuando el escribano sorpresivamente le agarró del cuello, le zarandeó y golpeó con tal violencia que lo arrojó al suelo de cuyas resultas todavía hace curaciones, pues tiene dolores por haberse golpeado en el ojo derecho contra unas piedras que allí había. En su zarandeo, le decía que por su culpa el Provisor de Santiago le había mandado detener con ponerlo en prisiones, pues el presbítero “ en ningún momento hice diligencias alguna contra su persona referente al asunto que a él le trae”, afirmaba el presbítero. Aunque el caso no lo clarifica muy bien, se refiere al crimen cometido en esta jurisdicción “ocurrio a su merced la justicia ordinaria dando su querella criminal contra el referido escribano y otros cómplices parece que por parte del sobredicho variando de juicio a pesar de haberse requerellado ante dicha justicia usó del arbitrio de interponer distinta querella en el tribunal del mencionado provisor y a fin de..

1840-Impuestos de guerra

oDespués de cinco Guerras Civiles (en cierta ocasión, recuerdo haber leído el número de cuatro, siento corregirlo, son cinco, la primera fue de 1820 a 1823, le siguen tres Guerras Carlistas y la de 1936, totalizan cinco. Uno se pregunta ¿cuándo dejaremos de pelearnos entre españoles y ser un país normal como nuestros vecinos portugueses o franceses? El día que esto ocurra, libres de ideologías, seremos un país serio, digno de credibilidad.

. Entre los papeles del Archivo Municipal, hemos hallado un documento relativo a la 1ª Guerra Carlista (segunda guerra civil) donde se señala que por decreto de ley de 30 de julio de 1840 y en determinación de…” la guerra que actualmente se abate sobre la Península. “ el gobierno exige al ramo del comercio de esa villa la contribución de 7.476 reales, cantidad que pueden ser pagadera en tres plazos siendo el primer plazo de 2.490 reales. Más abajo del documento señala el amanuense: se distribuya las entregas de la forma siguiente: Coiro, lanchas 25,14 reales: Oficios, 87,22 rls. y Molinos 198,06 rls. Total 310, 42 rls.

18412-Más impuestos

Tras cuatro años de guerra contra Napoleón, la sociedad española está al límite de tantas cargas fiscales, pero la necesidad de expulsar a los franceses exige más y más recursos. La Hacienda busca nuevas fórmulas para conseguir dinero y las quejas no se hacen esperar. Los vecinos de las feligresías de Santomé de Piñeiro, Santa Mª do Campo, Ardán, Cela, Bueu, Beluso, Coiro, Tirán y Domayo hacen frente común negándose rotundamente a que la Hacienda Real les imponga el inesperado impuesto de “uso por bagaje”. Alegan en su airada protesta que en los pueblos mencionados de esta comarca y jurisdicción, no hay ni nunca tuvieron “carruajes de viaje ni cabalgaduras” y añaden… “ ni tienen capacidad de soportar tanta fatiga”.

Las cargas fiscales y los sacrificios de la ciudadanía para sostener la guerra es el otro aspecto de las contiendas que los libros de texto no cuentan.

1816-Solicitud de carcelaria

La Carcelaria era un sistema jurídico existente durante el Antiguo Régimen es decir, antes de la Revolución Francesa. Se trataba de un privilegio que gozaba la nobleza para que esta clase privilegiada, en caso de delito, no sufriese la humillación de compartir el mismo espacio en la cárcel mezclado con la chusma, plebe y otras gentes de mal vivir. El noble, en caso de delito, debía sufrir la condena recluido en su domicilio bajo la promesa de no salir con la excepción de poder asistir los domingos a “oir misa y sermón”.

Aclarado este punto, veamos el caso del capitán de gavilleros José Colorado alias “El Andaluz” cuyas fechorías y latrocinios por la comarca estaban dirigidas en especial a los pobres vendedores que muy de mañana acudían con sus cabalgaduras los viernes a vender su mercancía a la feria de Cangas.

Preso en la cárcel, José Colorado gozaba de cierta aureola de héroe y simpatía social por haberse enfrentado su partida a los franceses. Tres años más tarde, perseguido de la justicia lleva unos meses de encierro, presenta recurso solicitando se le relajase su situación por carcelaria, de esta suerte el Andaluz pueda atender a sus obligaciones agrícolas como recoger la cosecha de maíz y más labores, en caso contrario se perderían. Al cabo de las cuales, el Andaluz promete bajo palara, regresar a prisiones. Salen como fiadores y garantes de su palabra de regresar y terminar de cumplir condena, dos vecinos suyos quienes asumen toda responsabilidad. El Juez Sequeiros les advierte del riesgo que corren en caso de que El Andaluz no regrese Ante tal seguridad y palabra comprometida le concede la carcelaria. Finaliza el tiempo de recoger la cosecha, pasa el otoño y del Andaluz nada se sabe. El juez dispone que sus dos fiadores pasen de inmediato a la cárcel.

1819- Una soberana paliza

En su domicilio de Darbo, se halla postrado en cama desde hace tres días, Francisco de Meira cuyo trabajo era “medidor de pala expelida, es decir, gestor de la sal para la villa y comarca. A la cabecera del enfermo se halla el notario de Cangas tomando verificación de los hechos que este le dicta. Su estado es muy delicado.

El encamado presenta querella criminal contra D. José de Fraga de oficio “interventor de rentas” de Cangas y D. Francisco Camaño “foldero de mar” autores ambos de su grave situación por los hechos alevosos contra su persona la noche del 26 de mayo de este presente año cometidos a “deshora de la noche”. Subrayaba el denunciante que la intención de estos dos desalmados era matarle “me daban repetidos y recios golpes y punzadas con palos”, señalaba.

En su denuncia, pormenorizaba que la noche de autos, interventor y foldero se presentaron sorpresivamente a la puerta de su casa llamándole insistentemente a voz en grito, avanzada la noche pues “ya estaba recogido en familia y acostado en cama”, decía. Le rogaron con palabras dulces y engañosas insistiendo viniese urgentemente afuera para tratar un asunto urgente relacionado con negocios del Real Servicio cuya resolución él podría solventar. Y yo, “muy crédulo a sus palabras”, subraya el agredido, “salí aprisa casi desnudo y descalzo pues el asunto parecía urgente”.

Enfatiza el denunciante que al poner pie en el umbral de casa, los dos embusteros le agredieron con tal saña y ganas que le dejaron el cuerpo magullado y la salud quebrada al extremo de echar sangre por la boca.

Francisco de Meira maltrecho su cuerpo y herido en su amor propio, pone el caso en manos de dos procuradores que han de representarle en el tribunal de La Coruña, le defiendan de semejante delito y pidan a los jueces el máximo castigo a los autores.

El denunciante nada explica los motivos que impulsaron a sus dos agresores a castigarle tan duramente, algo “gordo” debe existir en el negocio de la sal porque el denunciante guarda total silencio.

*

Historiador de Cangas.

Compartir el artículo

stats