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La defensa de uno de los tripulantes del narcosubmarino alega la enfermedad de su hijo

Los detenidos en la causa, durante el juicio celebrado en la Audiencia. | // Rafa Vázquez

El letrado de Pedro Roberto Delgado Manzaba, uno de los tripulantes ecuatorianos del narcosubmarino que se hundió en la playa de O Foxo en noviembre de 2019 presentó recurso ante la Sección Penal 2ª de la Audiencia de Pontevedra con el propósito de que lo traslade a la Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El abogado de este tripulante del semisumergible solicita que se dicte nueva resolución, que estime concurrente la circunstancia eximente completa de estado de necesidad en el delito por el que fue condenado y se acuerda su absolución o, con carácter subsidiario, se le imponga a la pena de tres años de prisión. Pedro Manzaba admitió su culpa en el juicio y fue condenado por la Audiencia a 11 años de prisión y dos multas de 300 millones de euros.

El abogado de Manzaba, Carlos Hermelo, regresa a una posición que ya mostró en el juicio y que no fue tenida en cuenta por el tribunal. Considera que la sentencia no se ajusta a derecho, entre otras cosas, porque se infringe los principios de legalidad e interdicción de la arbitrariedad en la actuación de los poderes públicos garantizados en la Constitución Española. Señala que “consta justificado documentalmente en la causa, a instancia de esta defensa, que el hijo de cuatro años de mi representado, Matthew Dereck, padecía de hepatocarcinoma y falleció por dicho motivo, en tiempo prácticamente concomitante, con posterioridad a la comisión de los hechos”. En la apelación se señala que Delgado Manzaba tomó la decisión de realizar el viaje transportando droga debido a la fuerte presión psicológica como consecuencia de los peligros que preveía para la salud de su hijo y la perentoriedad de poder asumir el coste de todos cuantos tratamientos y cuidados resultaran necesarios y adecuados para salvar la vida.

“Sostenemos por esta parte la absoluta disconformidad a derecho de dicha doctrina de Tribunal Supremo e impugnamos su ciega aplicación al presente caso”. Se está aludiendo a que el Tribunal Supremo mantiene las exigencias del estado de necesidad como causa de justificación difícilmente pueden apreciarse en el delito de tráfico de drogas, “teniendo en cuenta los gravísimos perjuicios que al conjunto de la sociedad se irrogan”.

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