El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra rechaza las medidas cautelares solicitadas por el exarquitecto municipal de Bueu, que solicitaba la paralización del proceso selectivo para la contratación de un nuevo técnico mientras no se resuelva el recurso que presentó él mismo contra ese procedimiento. De esta manera el Concello podrá retomar la tramitación del expediente, que decidió dejar en suspenso en el mes de diciembre a la espera de que desde el tribunal se pronunciasen sobre estas medidas cautelares.

El gobierno local bueués inició en octubre el proceso para cubrir, con categoría de interino, la plaza de arquitecto municipal, que entre septiembre de 2019 y septiembre de 2021 estuvo cubierta con una comisión de servicios. El técnico que desarrolló estas funciones durante ese periodo decidió recurrir la decisión municipal, argumentando que no se habían seguido todos los pasos para dar cobertura al puesto a través de un funcionario de carrera. Su recurso de reposición ante el propio Concello fue desestimado y luego presentó un contencioso-administrativo ante el juzgado. Al mismo tiempo, instó una pieza separada en la que solicitaba que mientras se analizaba su recurso se suspendiese cautelarmente todo el proceso.

El juzgado rechaza la petición del demandante –Francisco Javier Antoñón– porque entiende que no se acreditan los dos supuestos que deben motivar una medida de estas características: el “periculum in mora” o peligro de mora ni el de la ponderación de intereses. El auto judicial argumenta que la “inmediata ejecución del acto recurrido” –el desarrollo del proceso selectivo para contratar a un arquitecto municipal– “no genera un daño de imposible o difícil reparación, ni frustaría los efectos de una futura sentencia favorable” a los intereses del demandante.

El auto judicial entró a última hora de la mañana de ayer en las dependencias municipales y subraya que “tampoco se aprecia que en la ponderación de los intereses en conflicto deba prevalecer el del recurrente sobre el interés público que representa la resolución recurrida”. También apunta que no concurren los criterios necesarios para una suspensión cautelar “por mera ‘apariencia de buen derecho’ de la pretensión” del demandante. Es más, advierte que el planteamiento que propone el exarquitecto municipal es “complejo” y su admisión o no va a depender de la prueba que se pueda practicar durante el juicio. “La controversia habrá de resolverse en sentencia, con pleno respeto de los principios de contradicción y prueba, no procediendo adelantarse en esta fase”, concluye el auto del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra.

De esta manera, el Concello de Bueu retomará en los próximos días el proceso selectivo para cubrir esta plaza. Al puesto optan un total de 19 aspirantes y antes de que puedan ser convocados para realizar las pruebas previstas en las bases debe completarse el proceso para constituir el tribunal.