El uso de patinetes eléctricos por parte de menores está provocando problemas a los bolsillos de las familias. Este fin de semana fue multado uno en Moaña con 2.000 euros por circular en uno que no se considera Vehículo de Movilidad Personal (VMP), sino ciclomotor. La familia está en total desacuerdo con la denuncia

La diversidad de patinetes eléctricos que circulan por las calles, sobre todo con jóvenes, ha abierto un abanico de multas y dudas sobre si son Vehículos de Movilidad Personal (VMP) o no. La Policía de Moaña multó este pasado fin de semana a un menor de 17 años que circulaba por Concepción Arenal con un patinete que, por sus características, no ha sido considerado un VMP, sino un ciclomotor. Fue denunciado con una sanción de 2.000 euros.

El menor circulaba sin seguro (1.000 euros), sin permiso de circulación (500 euros) y sin matrícula (500). La patrulla defiende que este tipo de vehículos, con sillín, no puede ser homologado tampoco como bicicleta eléctrica porque no tiene pedales, su motor es superior a los 250 w y además cuenta con acelerador de puño

Un vehículo VMP, según el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto-equilibrado. Requiere certificado de circulación y debe de circular por la calzada, cumpliendo las normas de tráfico como cualquier otro vehículo, no por aceras y zonas peatonales.

No son VMP los vehículos sin sistema de auto-equilibrado que dispongan de sillín; los que están incluidos dentro del ámbito del Reglamento (UE) núm. 168/2013 3; los concebidos para competición; si el vehículo desarrolla una velocidad superior a 25 km/h, aunque por construcción tenga este límite; y las bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los vehículos para personas con movilidad reducida.

La familia está en total desacuerdo con la denuncia. Se pregunta “¿desde cuándo un patinete eléctrico que no tiene ni retrovisores, ni intermitentes y no llega a 25 km/h lo llaman ciclomotor?”. Añade que el 4 de junio, al mismo menor le había parado otra patrulla de la Policía con el mismo patinete; se lo midieron, así como el asiento, vieron su homologación “y le dijeron que no había ningún problema, simplemente le dieron el WhatsApp de la Policía para enviarle las características del patinete”. Se preguntan cómo en dos meses “la misma Policía Local cambia su forma de ver a un patinete eléctrico a un ciclomotor”. Recuerda la familia que cuando fueron las restricciones por el COVID, las autoridades te avisaban si no cumplías las medidas y si volvías a no acatarlas, entonces te sancionaban: “¿Por qué entonces si este patinete ya no se considera así, sino un ciclomotor, no lo han avisado y si volvía a incurrir le pondrían la sanción?”. Consideran que la multa de 2.000 euros a un menor es un abuso “que lleva ahorrando tiempo para comprarse un medio de transporte manteniendo la sostenibilidad del planeta”.

La familia asegura que se ha movido contra esta denuncia “porque nos parece una aberración “y si las normas son tan cambiantes, que se pregunte la gente si un patinete con sillín, que una persona corriendo lo supera, igual tenemos que ponernos una matrícula cada uno”.

Ahora será Tráfico quien decida si la denuncia fue correcta o no, y si el patinete es ciclomotor o no.