Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La Xunta crea la figura del auxiliar socorrista

Tendría funciones de información, prevención y velar por el cumplimiento de la normativa | La Asociación de Profesionais do Morrazo alega por intrusismo laboral

Socorristas, el verano pasado, en la playa de Rodeira, en Cangas. | // G.N.

Vicepresidencia de la Xunta está elaborado un nuevo decreto para regular la formación y el desempeño de las funciones de socorrismo en Galicia que contempla la controvertida creación de la figura de auxiliar socorrista. El decreto está en trámite de sugerencias y desde la Asociación de Socorristas Profesionais do Morrazo (Aspom), que preside el cangués Mauro Bernárdez, se han presentado alegaciones al considerar que este personal auxiliar de apoyo es innecesario, ya que los socorristas están capacitados para realizar esta función y “su aparición se verá materializada en la sustitución, por parte de los ayuntamientos, de un gran número de socorristas ya que suponemos que será una figura más sencilla de contratar al tener un salario más bajo”. Añaden también que dicha figura ampliará las responsabilidades de los socorristas al tener que hacer responsables de las actuaciones de dichos auxiliares. Entienden que la finalidad del nuevo decreto era regular la formación y crear el registro de socorristas, por lo que califican de “sorprendente la inclusión e incluso invención de esta figura tan contradictoria”., que llegan a calificar de intrusismo laboral. Estarían a favor de registro específico para socorristas en primeros auxilios, que sí servirían como ayuda al profesional y podrían realizar funciones compatibles con su puesto de trabajo y que deberían de tener la opción para convertirse en socorristas acuáticos y las instituciones implicarse de esta manera.

Tres auxiliares por socorrista

En la propuesta de decreto, se recoge que el auxiliar socorrista -un máximo de tres por cada socorrista- realizará funciones de información, prevención y velará por el cumplimiento de la normativa aplicable e informará a las personas usuarias a las instalaciones acuáticas o a las instalaciones acuáticas naturales, de los avisos y comunicados que se realicen por los órganos competentes en materia de emergencias, seguridad y protección civil. Su función se realizará bajo la dirección del personal socorrista o, en su caso, de los servicios de Protección Civil, pero en ningún caso podrán sustituir al socorrista.

¿Y qué requisitos debe reunir un personal auxiliar? El decreto dice que poseer la capacidad funcional necesaria para la función, estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria y tener una formación mínima que permita estar inscrito en el registro y que empieza por tener acreditación de superar los módulos formativos de cursos de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo (primeros auxilios y actuación inicial en emergencias) en instalaciones acuáticas (CAFDO-IA-4) y en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN-4) y tener el curso básico de protección civil.

¿Por qué no se cubren las plazas?

Desde la Asociación do Morrazo se consideran que el decreto no cumplir con el primer objetivo de eliminar dificultades y barreras a los concellos para garantizar la seguridad en los lugares públicos “cuando se incluye a un profesional menos preparado que el socorrista limitado a las funciones de información y prevención” y tampoco cumple con el segundo objetivo de conseguir un número suficiente de profesionales que den cobertura en Galicia. Alegan que en Galicia existe un número suficiente de profesionales para cubrir las plazas y si no se cubren es debido a las variantes, como las condiciones laborales o las limitaciones que muchos concellos imponen a los socorristas a los que se les impide ejercer, al mismo tiempo, otro trabajo en otra área.

El decreto consta de 19 artículos y dos disposiciones. Los profesionales del Morrazo alegan contra varios aspectos del artículo 4, de formación mínima, que según Aspom abre una nueva vía sin opciones en las universidades gallegas. Del artículo l 4.1.D, “Superar los créditos correspondientes a la materia “Socorrismo y su didáctica” o equivalente, correspondiente al Grado de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte”, los profesionales recuerdan que en la Universidad de A Coruña solo aparece una asignatura denominada Actividades Acuáticas Saludables y Socorrismo, mientras que en Vigo no hay una asignatura ni similar o con contenidos en Salvamento. Se preguntan que deben entender por equivalente. En cuanto al punto F, de título de Técnico Superior en ensino e animación sociodeportiva, dicen no se trata labor alguna de prevención, de rescate, de prácticas ni nada relacionado con el salvamento, por lo que se estaría registrando a profesionales con formación muy deficiente. También alegan, entre otros, contra los puntos H y J, que describe otra vía de acceso al registro a través del Título Superior en Acondicionamiento Físico, cuando tampoco tiene contenido de formación específico en salvamento y socorrismo; o a través del Registro Profesional de Socorristas.

Compartir el artículo

stats