La Audiencia de Pontevedra acaba de absolver a dos hombres que en febrero de 2018 fueron interceptados por la Guardia Civil en Cangas con 16 bolsitas de heroína. El tribunal considera probado que la droga pertenecía a uno de los acusados, pero entiende que la sustancia estupefaciente estaba destinada para su consumo propio y no para traficar con ella.

Los dos acusados son consumidores "de larga evolución" de drogas de abuso y los hechos sucedieron poco después de las 22.00 horas del 2 de febrero de 2018 en el barrio de Espíritu Santo, en la parroquia canguesa de Coiro. La Guardia Civil dio el alto al automóvil en el que circulaban los dos hombres, un Peugeot 306. En ese momento el conductor, que responde al nombre de Diego, procedió a arrojar por la ventanilla una bolsa plástica cerrada con una cinta adhesiva negra, un paquete que fue recuperado por uno de los agentes. En el interior se hallaron 16 bolsitas termoselladas con una sustancia que posteriormente quedó acreditada que se trataba de heroína. Tras su medición arrojó un peso de 3,232 gramos y una pureza del 31,98%, lo que a su vez supone 1,033 gramos de heroína pura. En el mismo momento de la detención al encausado se le incautaron 221 euros.

El Ministerio Fiscal acusó a ambos de un presunto delito contra la salud pública y solicitaba cuatro años y seis meses de prisión y una multa de 1.500 euros. La defensa de los dos hombres por su parte solicitaba la absolución debido a que alegaba que la sustancia intervenida era para su propio consumo y en el momento en el que fueron interceptados "estaban buscando un lugar donde consumir", según reza el fallo.

La Audiencia atendió a este argumento y sostiene que no quedó acreditado que la heroína estuviese destinada para la venta a terceros. "El único indicio que pudiera apuntar a ese destino es la forma en la que se hallaba dividida la sustancia estupefaciente intervenida, en 16 bolsitas termoselladas o papelinas, pero ese indicio resulta total y absolutamente insuficiente", dice la sentencia. Añade además que la cantidad pura incautada "no alcanzaba, siquiera, para cubrir las necesidades de un consumidor medio habitual durante dos días". Al respecto del dinero que el conductor llevaba encima el tribunal considera "perfectamente posible" la explicación aportada por el acusado en el juicio: la detención se produjo a principios de mes y lo había retirado de su cuenta, en la que percibe una pensión por incapacidad, para sus gastos.