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La jueza reclama al Concello el expediente para legalizar el gimnasio Sport Club y su viabilidad

La titular del Contencioso número 3 de Pontevedra también pide un informe técnico "en el plazo máximo de un mes" -Quiere saber si es viable adaptar el edificio a la normativa

Bernardino Faro Lagoa, haciendo ejercicio en el gimnasio familiar, ahora precintado. // G.N.

La titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Pontevedra, María Dolores López, ha emitido una providencia requiriendo al Concello de Cangas para que le remita el expediente que está tramitando sobre la solicitud de legalización del gimnasio Sport Club Morrazo presentado por la propiedad, la familia del exconcejal Bernardino Faro Lagoa. También solicita de los técnicos competentes en la materia que emitan, "en el plazo máximo de un mes", un informe al respecto de la "legalizabilidad" de las instalaciones si se ejecutan las obras comprometidas con el fin de disponer de acceso a vía pública para dicho establecimiento. En todo caso, advierte que dichos trámites no implican que se suspenda la ejecución de sentencia, pues para ello es necesario demostrar que la solución propuesta resultaría conforme con la normativa urbanística.

En los últimos días se han producido movimientos de todos los implicados en este asunto. El Juzgado de lo Contencioso se hace eco de los oficios que le remitió el Concello y los escritos presentados por las partes intervinientes, y acuerda requerir la documentación actualizada antes de fijar cualquier posible plazo para completar el derribo de las obras. En primer lugar, insta al Concello de Cangas, a través de su representación procesal, "para que remita a este Juzgado el expediente que se está tramitando en respuesta a la solicitud de licencia de demolición parcial y/o legalización parcial formulada por el titular de Sport Club Morrazo".

La segunda medida es "solicitar de los técnicos competentes en la materia que emitan un informe en el plazo máximo de un mes a este Juzgado al respecto a la legalizabilidad de la situación" a la que alude el interesado (Sport Club Morrazo) "en caso de que se autorizara la demolición interesada por él ante el Concello a fin de disponer de acceso a vía pública para dicho establecimiento". Y, en tercer lugar, contesta a las pretensiones de Sport Club Morrazo que "no procedería una suspensión de la ejecución de sentencia amparada, en exclusiva, en una simple solicitud de licencia de legalización/demolición parcial de la obra como la que por el momento se ha pedido ante el Concello", sin perjuicio de que en el caso de que se concediera, "cabría la posibilidad de promover incidente de inejecución de sentencia demostrando con suficiencia que el estado de la obra, una vez ejecutada esa demolición, resultaría conforme con la normativa urbanística de aplicación en ese suelo y permitiría, realmente, que la edificación dispusiera de acceso a través de vía pública", concluye.

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