El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado firme la sentencia que el pasado mes de mayo ordenó a la Xunta a excluir el polígono Marín-Pornedo del Plan Sectorial de Ordenación de Áreas Empresariais de Galicia. Ni la Administración autonómica ni el Concello de Marín presentaron recurso contra esta resolución favorable a la Asociación Defende o Monte Pituco (Pornedo), considerando que la viabilidad ambiental de la obra proyectada no está justificada por la "decisiva influencia" de las características orográficas de la zona afectada y por los daños que provocaría a nivel físico, natural y paisajístico.

Con esta resolución oficial y definitiva de la Sección Segunda da Sala do Contencioso-Administrativo do TSXG, la Asociación Monte Pituco solicitará la ejecución de la sentencia, lo que implica que la Xunta deba modificar el Plan Sectorial suprimiendo la infraestructura proyectada.

La Asociación Monte Pituco ratifica así su primera victoria judicial tres años después de interponer el recurso contra el Plan Sectorial de la Xunta. No es la única lucha legal emprendida por este colectivo vecinal a favor de la defensa, protección y conservación del "balcón de la ría" y de su entorno. Está pendiente de sentencia el recurso presentado en enero de 2013 contra el PXOM de Marín que clasificó el Monte Pituco como suelo industrial.

PXOM

Precisamente el veredicto del TSXG contra el Plan Sectorial de la Xunta alude al informe de sostenibilidad ambiental del PXOM marinense, en tanto que el planeamiento urbanístico "reconoció" la "alta o muy alta visibilidad" del Monte Pituco; como también el gobierno local de Marín admitió la "alta exposición visual y el impacto paisajístico" que tendría la instalación de un polígono industrial en esa zona.

El TSXG también destacó en su dictamen que la memoria ambiental del Plan Sectorial autonómico asume la "posibilidad de nuevas afecciones ambientales, paisajísticas y al patrimonio cultural" en el espacio afectado, donde se encuentran yacimientos rupestres catalogados de Pornedo, Sete Camiños, Pinal de Caeiro y la mámoa de Sete Camiños.

El Tribunal rechazó que la "valoración real" de las afecciones que causó el proyecto del parque empresarial Marín-Pornedo al Espacio Natural de los Montes do Morrazo se hubiese supeditado a una hipotética fase posterior, argumentando que la elección del Monte Pituco para acoger un parque empresarial no estaba convenientemente justificada por la "insuficiencia" del informe de sostenibilidad ambiental. En este sentido el Tribunal destacó que las Directrices de Ordenación do Territorio establecen que en la elección de un terreno para crear suelo industrial "primará la prevención de sus posibles efectos sobre el medio, frente a la corrección, mitigación o compensación" de los impactos.

El informe pericial topográfico también fue fundamental para que el TSXG descartara esta ubicación: un 43% del espacio afectado tiene una pendiente "muy abrupta" superior al 25%, a lo que se suma otro 29% con un desnivel entre el 15 y el 25%. Con estos datos, los magistrados dictaminaron que el área empresarial Marín-Pornedo "no se puede localizar razonablemente" debido a los "importantes movimientos de tierra", el "sobrecoste de urbanización", la "afección al medio", los factibles "problemas de estabilidad" en los taludes y el "encarecimiento" de las obras, como detalla la Asociación Monte Pituco.