Madrid es la responsable de un incendio forestal en Cangas

El TSXG ratifica que la comunidad madrileña deberá pagar 95.000 euros por un fuego que se registró en Darbo

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dictaminado que la Comunidad de Madrid tendrá que pagar 95.000 euros como responsable de una persona que provocó un incendio en Darbo, una parroquia del municipio pontevedrés de Cangas do Morrazo, dos días después de obtener su tutela.

Óscar B.M. padecía un trastorno esquizo-afectivo por el que tenía alterada su capacidad de juicio y no era capaz de regir sus propios asuntos, por lo que tampoco podía valorar de forma adecuada su conducta.

En septiembre de 2007 provocó un incendio forestal, que afectó a 2,5 hectáreas de monte raso con tojo y helecho, en una zona conocida como Balcón do Rei, ubicada en la parroquia de Darbo.

Una sentencia hizo que la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos, que depende de la Comunidad de Madrid, obtuviese su tutela el 8 de junio, dos días antes del incendio.

Óscar B.M. se declaró autor de los hechos y aceptó una pena de tres meses de prisión además del pago de 95.000 euros, una parte a la zona donde se produjo el incidente y otra a la Xunta de Galicia para pagar los gastos necesarios para la extinción.

La sentencia establece que es la Comunidad de Madrid la que se tiene que hacer cargo de este pago como responsable subsidiaria, pero esta lo rechazó en su recurso en la Sala de lo Civil y de Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En él argumentó que la tutela llegó solo dos días antes del incendio y que no existió tiempo material para tomar ningún tipo de medida con la que poder prevenir que sucediese algo de estas características.

El fallo del TSXG ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra y sostiene que la Comunidad de Madrid se tendrá que hacer cargo del pago al desestimar su recurso, pues considera que la tutela era efectiva desde el momento en que se aceptó, dos días antes del citado incendio.

Insiste en que la tutela estaba pendiente desde el 8 de junio y que además fue la Agencia para la Tutela de Adultos la que actuó como defensora de la persona que provocó los daños.

El fallo reconoce "la complejidad jurídica" del caso y la "escasa jurisprudencia del Tribunal Supremo", por lo que no impone costas, aunque sí detalla que esta agencia incumplió, al no tomar ninguna medida desde el momento en que se hizo cargo de la tutela de esta persona, sus propias normas.

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