Una reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) promulgada por Nicolás Maduro suprime la facultad que tenía el Parlamento de elegir la dirección de esa institución, cuando solo faltaban horas para que fuera constituida esa nueva cámara con mayoría de oposición. La reforma del artículo 9º de la ley suprime la obligación que establecía que la designación del presidente debía "ser ratificada por el voto de la mayoría de los miembros de la Asamblea Nacional".

Ahora, el presidente del BCV será "designado por el Presidente o Presidenta de la República para un período de siete años", según establece uno de los artículos de la ley reformada por Maduro. Asimismo, eliminó la facultad que tenía la AN mediante la mayoría de sus miembros de designar a dos de los seis miembros del Directorio del BCV, una potestad que será solo del jefe del Ejecutivo.

Los instrumentos había sido anunciados por Maduro un día antes de que expiraran los poderes que le dio la AN -entonces controlada por el chavismo- para legislar en cualquier materia. Esta modificación surge, además, después de que a lo largo de 2015 el BCV no ofreciera la información sobre los índices de inflación.