Después de tres años de intensos debates, ya sólo queda la ratificación del Parlamento Europeo, que tampoco se vaticina sencilla. Los ministros de Interior de la Unión Europea cerraron ayer el texto final de la directiva que armoniza los procedimientos de repatriación de inmigrantes irregulares, cuyo punto más polémico es el que permite la retención en centros de internamiento de los "sin papeles" hasta un máximo de 18 meses.

La normativa que regula -que no obliga- las medidas contra la inmigración irregular no afectará a aquellos países cuya legislación esté puesta al día en este sentido, como España, que ya contempla un plazo de 40 días de retención, aunque el Gobierno ya ha anunciado que estudiará una modificación para incrementar ese periodo.

El objetivo principal de la Directiva Europea de Retorno, que, de ser aprobada este mes por el Parlamento Europeo, entrará en vigor en 2010, es armonizar los procedimientos que siguen los Estados miembros de la UE a la hora de repatriar a los inmigrantes irregulares, sólo con aquellos países con los Estados miembros o la UE tengan acuerdos de repatriación.

En la actualidad, cada país puede obrar como mejor le parezca y aplicar los plazos de retención que considere oportunos. De hecho, hoy por hoy, hasta nueve países (Reino Unido, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Irlanda, Malta, Países Bajos y Suecia) no contemplan en su legislación ningún límite para la retención de inmigrantes en centros de internamiento.

Estos países que carecen de normativa sobre dicha materia se verán obligados a cambiar su legislación para introducir el nuevo límite de retención que establece la directiva. Este es quizá uno de los aspectos más polémicos del texto, ya que establece un periodo máximo de 6 meses ampliable a 18 meses si existe falta de cooperación del inmigrante o si hay demoras en la obtención de la documentación necesaria que deban expedir los respectivos países de origen.

Además, la norma establece que "el internamiento podrá ser decidido por las autoridades administrativas o judiciales" y se exige un "control judicial lo más rápidamente posible". Otro de los aspectos más polémicos de la norma es el hecho de que permite la detención y repatriación de menores no acompañados, aunque será una medida que se tomará "sólo como último recurso y por el menor tiempo posible".

Además, se establece que cuando una persona en situación irregular sea expulsada tendrá prohibida la entrada en territorio comunitario durante un periodo de cinco años, aunque podrá evitar esa prohibición si deja el país voluntariamente en un plazo de entre siete y 30 días.

El secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, explicó que la directiva establece un "un plazo máximo de internamiento allí donde no lo había, una serie de garantías de inexcusable cumplimiento para llevar a cabo las expulsiones en relación a países en donde no las había".

Además, afirmó que el impacto de esta directiva en la legislación española será mínimo, ya que "nosotros tenemos probablemente el sistema o uno de los sistemas más garantistas de toda Europa, con un plazo breve de tiempo (40 días) con un control judicial en todos los supuestos y con unas resoluciones que pueden ser objeto de impugnación".

Del mismo modo, el ministro de Exteriores, Miguel Angel Moratinos, aseguró que la directiva apenas afectará a nuestro país, porque "es uno de los países más garantistas en materia de protección" y a la hora de "garantizar el retorno y el tratamiento de los inmigrantes ilegales" se haga con las "mayores garantías judiciales". En la misma línea, la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, lo consideró un "un paso importante en esa política común".