Sentencia
El TSXG da la razón a un marinero de Gran Sol para obtener la exención fiscal del IRPF: «Trabajó en aguas extranjeras»
El demandante estuvo empleado en el buque «Nathalie Chantal II», de bandera francesa y desguazado con ayudas públicas
El abogado del Estado apuntó que no quedaba demostrado que no había faenado en aguas de paraísos fiscales como las de Jersey

El pesquero «Nathalie Chantal II» (d.), en el que estaba embarcado el marinero demandante, en Gijón para su desguace / DDR Vessels

El Nathalie Chantal II fue un pesquero de 20,5 metros de eslora construido en Moaña —Astilleros Piñeiro, que sería integrado en Atollvic— en el año 2002. El buque pertenecía a la mercantil SAS Cachudo France y tenía matrícula de Bayonne, aunque su capital era gallego. Fue una de las unidades de Gran Sol desguazadas con ayudas del Gobierno galo dentro del programa de ajuste de flota por el impacto del Brexit, pero se acaba de colar en una sentencia de máximo interés para la pesca gallega de altura y gran altura. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón a uno de sus tripulantes para acceder a la exención fiscal prevista en el artículo 7.P de la ley del IRPF para trabajos realizados en el extranjero.
«La estimación del recurso ha de ser total [...] los documentos aportados permiten determinar que el actor estuvo embarcado en aguas extranjeras, efectuando descargas en puertos extranjeros», expone el fallo, que tiene fecha del 15 de diciembre y en el que fue ponente la magistrada María del Carmen Núñez Fiaño. El marinero acudió al alto tribunal gallego tras haber recibido una notificación negativa a sus pretensiones del Tribunal Administrativo Regional de Galicia; el recurso se sustanció sobre un importe superior a los 13.600 euros, correspondientes al ejercicio fiscal de 2017. La Agencia Tributaria aseguraba que el tripulante no cumplía los requisitos previstos en el artículo 7.P, que permite una exención en el IRPF por los primeros 60.100 euros.
Uno de los argumentos expuestos en este procedimiento por parte de Hacienda fue que el marinero no había demostrado que no había pescado «en aguas de paraísos fiscales los días que permaneció en el extranjero», en alusión a territorios como las islas de Jersey y Guernsey; los trabajos realizados en paraísos fiscales no pueden beneficiarse de esta exención fiscal. Pero el tribunal rechazó de plano esta argumentación —el caladero de Gran Sol no está en el Canal de la Mancha— y dio por buenos los datos aportados, de facturas de descargas en Castletown o de la caja azul del barco (VMS). Recuerda la sentencia que los requisitos fijados en la ley del IRPF determinan que «dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero».
«Deben de tomarse en consideración los días en que el trabajador ha estado efectivamente desplazado en el extranjero, los documentos aportados permiten determinar los días en que el actor estuvo embarcado». Eso sí, en un buque de pabellón no español, y es aquí donde radica la controversia, máxime después de que el Supremo diera la razón a una tripulante de un buque de la Armada hace un año: estaba en un barco de pabellón español, trabajando en aguas extranjeras para una misión de la OTAN. La pesca gallega reivindica la aplicación de la exención prevista en el artículo 7.P para los tripulantes que operan en aguas extranjeras, independientemente del Estado de abanderamiento —sin ser de un paraíso fiscal—, medida que, además, permitiría contener el éxodo de buques.
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