Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

La Audiencia mantiene la causa por «homicidio imprudente» contra un patrón de la armadora Gandón

El caso emana del accidente, en 2020, entre un pesquero y el remolcador «Gaviota»: éste se hundió y falleció su patrón

El remolcador «Gaviota» junto al pesquero

El remolcador «Gaviota» junto al pesquero / Ciaim

Lara Graña

Lara Graña

Vigo

El 13 de noviembre de 2020 el pesquero Hermanos Gandón Cuatro tenía previsto partir del varadero de Nodosa, en Marín, en dirección al muelle de Fandicosta, en la ría de Vigo. Para esa maniobra de salida participaron dos remolcadores, el Josita C y el Gaviota, ambos de la empresa Amare Marín. Apenas media hora después del inicio de la operativa el pesquero empezó a dar máquina atrás y se llevó por delante al Gaviota, que volcó de forma súbita a las 13:14 horas. El patrón de esta embarcación, Eusebio Aldao, falleció; un segundo tripulante salvó la vida al tirarse al mar.

Según el informe de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim), fue una sucesión de factores lo que desencadenó el siniestro: el primero, un fallo en el sistema hidráulico de control de paso de la hélice en el Hermanos Gandón Cuatro, que fue lo que propició esa marcha atrás del pesquero. Apunta que, aunque el práctico advirtió al patrón del barco de Gandón que estaba ciando (retrocediendo), «las actuaciones y órdenes de ambos fueron erróneas y tardías».

El juzgado de Instrucción número 1 de Marín dirigió las actuaciones contra el patrón del arrastrero como supuesto autor de un delito de homicidio por imprudencia. La Audiencia Provincial ha rechazado el sobreseimiento de esta causa, a petición de su representación legal, y ha negado de igual modo incorporar como acusados a la empresa remolcadora o la auxiliar del naval Talleres Baliño.

El abogado del capitán del pesquero argumentó, en el recurso de apelación ahora desestimado, que «existen claras evidencias de que el patrón estaba atento a la navegación», y reprobó además que no se continúe el procedimiento contra la empresa Amare Marín pese a que el gancho del remolcador no contaba con un disparo a distancia que habría permitido su desenganche del arrastrero.

Es más, el propio informe de la Ciaim apunta a la carencia de este disparador como factor que contribuyó al accidente. «Aunque no es posible saber si dicho sistema habría evitado el vuelco, pues fue muy rápido, habría dado la oportunidad al patrón del remolcador de liberar el cabo de remolque», expone su análisis.

El auto de la Audiencia Provincial, firmado por la magistrada Belén María Fernández Lago, indica por contra que «los indicios son suficientes para justificar la imputación [del capitán]» por haber incurrido en una «temeraria desatención a la navegación al no percatarse que el buque, cuando aún estaba siendo arrastrado por los remolcadores, había iniciado la marcha hacia atrás por sus propios medios».

Este dictamen es firme.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents