Casi dos meses después de la entrada en vigor de la normativa que prohibe los descartes pesqueros -que fue acordada ya en 2014- todavía quedan flecos por acordar para adaptar la actividad de la flota. El Ministerio de Pesca continúa con las modificaciones y creación de nuevas ordenes y decretos para adecuar al sector a esta nueva realidad. Este mes el departamento que dirige Luis Planas ha vuelto a sacar a consulta pública el proyecto de orden presentado el pasado noviembre relativo a, entre otras cosas, la mejora en la selectividad de los artes. Tras una primera consulta, desde Madrid deciden otorgar seis meses más a la flota de Gran Sol para obligar a utilizar redes más selectivas tanto en el histórico caladero.

El texto a consulta pública del Ministerio hace referencia a un "periodo voluntario" que aparece en la "disposición transitoria única". Ahí se explica que la aplicación de las medidas "serán de carácter voluntario para la flota durante 2019 y durante el primer semestre de 2020". La idea es que durante ese período los armadores puedan "optar a las ayudas económicas" que se incluyen para estos casos en el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), cuya vigencia actual termina precisamente en 2020.

En el proyecto publicado el pasado año el Ministerio de Pesca señalaba que la imposición de estas medidas tendrían que llevarse a cabo el 1 de enero del próximo año, con lo que solo restaría este curso para la tramitación de ayudas y para las pruebas. La obligación de desembarco entró en vigor el pasado 1 de enero pero tal y como apuntan fuentes de los armadores de Vigo "todo el mundo va sobre la marcha".

Las mismas fuentes señalan que este "período de transición" se ha habilitado para "facilitar el cambio y para poder acogerse a las ayudas del FEMP". Del mismo modo, critican que Madrid "se está adelantando" a lo que requiere la propia Comisión Europea en este aspecto. "Bruselas no obliga a esto todavía; parece que nadie se pone de acuerdo con los descartes", apuntan las mismas fuentes.

En cuanto a las medidas en sí, el proyecto de orden señala que los arrastreros que faenen en la zona VII deberán emplear un copo de malla T90 -similar a la que se usa en la actualidad pero girada 90 grados- y una abertura de malla de 100mm. Por otro lado, en cuanto a los arrastreros que operan en la zona VIa el documento diferencia entre las medidas a aplicar por los barcos que usan una malla inferior a 100mm o una superior a 100mm, a diferencia de la opción única que figuraba en el primer texto.

Otra de las modificaciones respecto al primer texto figura en la exención de minimis, en base a la que la Administración estará obligada a avisar al sector "cuando se haya alcanzado el 80% de consumo" y no cuando se haya agotado, como figuraba en un principio.