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Tribunales

Archivan la denuncia de un vecino del área de Vigo por la estafa de la hija en apuros al ser «rudimentaria» y «de sobra conocida»

Para los jueces, no hubo suficiente engaño en base a la edad «nada avanzada» del denunciante y que creyese hablar durante 14 minutos con su hija

Los estafadores envían mensajes de forma masiva a las potenciales víctimas.

Los estafadores envían mensajes de forma masiva a las potenciales víctimas. / FdV

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Hasta las personas más cautas o instruidas pueden caer en una estafa: en un phising bancario, suplantación de identidad, timo del amor, del falso empleo, de la hija en apuros... pero no en todos los casos podemos hablar de delito. Para ello tiene que haberse producido un engaño «bastante», dar una «apariencia de realidad». Y no todos los fraudes lo logra, o al menos no a ojos de los tribunales.

La Audiencia Provincial archivó la denuncia de un vecino del área de Vigo que sufrió uno de estos timos, concretamente, el de la hija en apuros, por ser «rudimentaria» y de «escasa complejidad» para que la persona pudiese ser engañada. Considera que no se han cumplido los «presupuestos esenciales» del delito de estafa. La resolución pone especialmente el foco en el comportamiento y las características de la víctima durante el fraude.

La víctima mantuvo una conversación telefónica de más de 14 minutos con la persona que se encontraba al otro lado de la línea y siguió paso a paso las indicaciones que recibió, convencido de que estaba hablando con su hija.

El tribunal consideró que el método empleado constituía un engaño «rudimentario», «esperpéntico» y de escasa complejidad «por ser de conocimiento general». En el auto ahora confirmado por la Audiencia, los magistrados destacan que este tipo de fraudes son «de sobra conocidos» y que los hechos se produjeron durante el periodo navideño, cuando este tipo de estafas ya eran ampliamente conocidas.

La resolución también tiene en cuenta la edad de la víctima. Los jueces señalan expresamente que no se trataba de una persona de edad «tan avanzada» como para pensar que estuviera «totalmente desinformada de la existencia de este tipo de fraudes que constantemente todos recibimos». A juicio de la Audiencia, la confusión con su hija, la duración de la llamada, la edad del denunciante y la «escasa complejidad» del procedimiento utilizado son circunstancias relevantes para valorar si el engaño podía considerarse suficiente, que a ojos del tribunal, no lo es.

Con todo, recuerda que se trata de un archivo provisional de modo que si se encuentra prueba que permita identificar al autor o autores se continuaría la investigación máxima que todavía no sucedió.

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