Tribunales
El Supremo califica de «abuso indiscutible» el contrato temporal por 5 años de una viguesa en un colegio
Basa su argumento en una reciente doctrina de la Justicia europea y abre la puerta a que sea indemnizada

Vista exterior de la Ciudad de la Justicia de Vigo. / Marta G. Brea
El Tribunal Supremo considera «abusivo» el contrato temporal de una trabajadora viguesa de un centro educativo de Ponteareas tras ocho años cubriendo una plaza que nunca salió a concurso público. El Alto Tribunal basa su argumento en una reciente sentencia del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) de abril de 2026, contra el abuso de la temporalidad en el sector público.
Así, la trabajadora comenzó en el colegio el 18 de diciembre de 2018 como ayudante de cocina en un centro educativo de Ponteareas. Fue contratada mediante un contrato de interinidad por vacante, destinado a mantenerse hasta que la plaza fuera cubierta. Tras pasar tres años en dicha plaza como interina, presentó la demanda primero ante un juzgado de lo Social de Vigo que condenó a la Consellería de Educación a que considerase a la empleada como «trabajadora indefinida no fija».
La Consellería recurrió y el TSXG (Tribunal Superior de Xustiza de Galicia) le dio la razón, obligando a la trabajadora a presentar este recurso de casación ante el Supremo, que ahora sí, estima de nuevo su demanda y considera que «se vio sometida a una contratación temporal abusiva» y abriéndole la puerta a una posible indemnización por parte de la administración. «Afirmamos rotundamente que la trabajadora estuvo en situación indiscutible de contratación temporal abusiva, lo que le confiere el derecho a reclamar la indemnización procedente», recoge la sentencia, fechada el pasado 8 de julio y sobre la que no cabe recurso ordinario.
Este caso pone el foco precisamente en el problema que pretende combatir la nueva doctrina europea: que una plaza estructural permanezca cubierta durante un período excesivamente prolongado mediante contratación temporal en lugar de sacar su plaza a concurso público para convertirla en fija. El TJUE, con su sentencia, ha endurecido su posición frente al uso abusivo de contratos temporales en el sector público. La nueva doctrina europea cuestiona que la conversión en indefinido no fijo sea siempre la respuesta cuando una Administración mantiene durante años a una persona –en este caso habían pasado 3 años cuando presentó la demanda y 5 cuando el caso llegó al TSXG– en un puesto estructural mediante contratos temporales. «La fijeza solo se puede alcanzar [...] en caso de superar un proceso selectivo a plaza fija», recalca el Supremo, de modo que la trabajadora no puede ser considerada fija pero sí que esta se encuentra en «una situación de contratación temporal abusiva» .
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