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Reducen las 450 jornadas en trabajos sociales en Vigo impuestas a un condenado por «excesivas»

La Audiencia considera que su capacidad para indemnizar a la víctima podría «verse mermada» si se le obliga «durante tanto tiempo» a realizar estos trabajos en beneficio de la comunidad

Juicio en una de las secciones de la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Juicio en una de las secciones de la Audiencia Provincial de Pontevedra. / Pedro Mina

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La Audiencia de Pontevedra estimó parcialmente el recurso de un condenado por violencia doméstica y lesiones y redujo de 450 a 350 las jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad impuestas como condición para suspender el ingreso en prisión por considerarlas «excesivas».

Los magistrados recuerdan que la ley permite fijarhasta 900 jornadas en supuestos como este, por lo que la decisión inicial no era contraria al Código Penal. Sin embargo, considera que la duración acordada resultaba «desproporcionada» atendiendo a las circunstancias personales del penado, que carece de antecedentes, está abonando la indemnización impuesta y padece un trastorno ansioso-depresivo.

Es más, señalan que su capacidad para indemnizar a la víctima podría «verse mermada» si se le obliga «durante tanto tiempo» a realizar estos trabajos en beneficio de la comunidad. Por ello, fijan la obligación en 350 jornadas, una cifra que consideran más equilibrada: «Cuando supera una excesiva duración puede llegar a tener al contrario de lo pretendido una nula capacidad de reinserción».

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