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Tribunales

Los fondos buitre encallan en la mediación judicial obligatoria

Magistrados de Vigo han inadmitido a trámite decenas de demandas de las voraces sociedades extranjeras por defectos formales en las negociaciones previas a la vía judicial

La Audiencia ha revocado algunas de estas decisiones, pero en otros casos las ha confirmado al considerar que no cumplen los requisitos

Funcionarios trabajando en la Ciudad de la Justicia de Vigo.

Funcionarios trabajando en la Ciudad de la Justicia de Vigo. / Marta G. Brea

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Marta Fontán

Marta Fontán

Vigo

No cabe duda, judicialmente hablando, de la voracidad de los fondos buitre. Junto a los pleitos hipotecarios y los de tarjetas revolving, los litigios presentados en masa por estas sociedades extranjeras han sobrecargado los tribunales de Vigo. Pero, con la entrada en vigor del requisito de la mediación previa, estos fondos dedicados a comprar deudas a precio de saldo para después reclamarlas en la vía judicial se han encontrado con un freno. Durante el último año la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Vigo, la que sustituye en el nuevo modelo judicial a los antiguos juzgados de Primera Instancia, ha inadmitido a trámite decenas de demandas impulsadas por estas empresas al no ver acreditada la actividad negociadora o la declaración responsable de la imposibilidad de poder llevarla a cabo. Es un nuevo obstáculo para ellos, si bien, vía recurso de apelación y en segunda instancia, están consiguiendo en muchos casos salvar este escollo contra el que se ven obligados a luchar.

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) entraron en vigor en abril de 2025 de la mano de la Ley de Eficiencia Procesal. Con el objetivo de fomentar el diálogo entre las partes para evitar la saturación de los juzgados, estos mecanismos son obligatorios, salvo excepciones, de cara a interponer una demanda judicial civil o mercantil.

Tras unos meses en los que reinó la confusión en lo relativo a los medios adecuados para la mediación, la cuestión fue clarificada primero por los magistrados y letrados judiciales de los órganos de primera instancia y de forma definitiva por los de la Audiencia Provincial de Pontevedra, a la que pertenece la Sección Sexta de Vigo.

La conciliación en sede judicial y el burofax se convirtieron en los métodos estrella para mediar, pero, junto a otros, para realizar la oferta negociadora también son válidos el correo electrónico, el SMS, el WhatsApp o cualquier otro medio de mensajería instantánea «que conste recibido o con intervención de servicio electrónico de confianza».

Los fondos buitre optan en su mayoría por el burofax. Pero muchas de sus demandas, como los procedimientos monitorios, fueron frenadas por los jueces por defectos formales. Por ejemplo, por aportar el certificado de envío del burofax, «pero no el contenido del intento de negociación». O por no aportar de forma debida la declaración responsable que se exige cuando, pese a los intentos, no es posible localizar al destinatario o este no responde a la oferta. Ven, por estos u otros motivos, «incumplido el presupuesto de procedibilidad que resulta exigible» para llevar el asunto ante un juez.

Sección Sexta

Sociedades como Investcapital LTS, Pra Iberia SLU, Eos Spain o Cabot Securitisation Europe Limited han visto rechazadas sus demandas. Pero, frente al criterio de los jueces que vieron en primer término los asuntos, muchas de esas inadmisiones están siendo revocadas por la Sección Sexta, la sala civil de la Audiencia de Vigo que resuelve los recursos de apelación, al considerar que sí se cumplen los requisitos para litigar.

Otras, en cambio, fueron confirmadas, como el caso de una sociedad que remitió un burofax a la demandada, pero no al domicilio que figuraba en el contrato. Un defecto que no ha podido subsanar.

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