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Sentencia

El TSXG avala que Mar de Ons incumplió su compromiso de aplicar descuentos a personas con discapacidad

El tribunal desestima el recurso de la naviera y respalda a Competencia, que había ordenado abrir un expediente sancionador por una posible infracción muy grave

Uno de los barcos de Mar de Ons.

Uno de los barcos de Mar de Ons. / PABLO GAMARRA

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rechazado el recurso presentado por Naviera Mar de Ons contra la resolución de la Comisión Galega da Competencia que declaró incumplido uno de los compromisos asumidos por la empresa en el expediente sobre el transporte de viajeros a las Islas Cíes. En concreto, el tribunal avala que la naviera no acreditó correctamente una política específica de descuentos para personas con discapacidad igual o superior al 33% y sus acompañantes.

La sentencia no impone directamente una multa, pero sí confirma la decisión de Competencia de declarar el incumplimiento e instar la apertura de un procedimiento sancionador por una posible infracción muy grave. El fallo recalca que el compromiso asumido por la naviera debía traducirse en una política real, clara y accesible de descuentos, no en descuentos aplicados solo de forma puntual, interna o a petición del cliente por correo electrónico.

El origen del caso está en el acuerdo de terminación convencional de julio de 2022, con el que varias navieras cerraron un expediente de Competencia relacionado con el transporte marítimo de pasajeros a las Cíes. Entre los compromisos asumidos figuraba mejorar la atención a las personas con discapacidad mediante descuentos específicos y medidas de accesibilidad, seguridad y bienestar.

El TSXG considera que Mar de Ons no justificó suficientemente la existencia ni la aplicación efectiva de esos descuentos. La Sala señala que no figuraban en la web, que no se acreditó su disponibilidad por otros medios de forma clara y que la documentación aportada —entre ella un pantallazo de un tarifario interno— resultaba insuficiente e incoherente. También rechaza que bastase con ofrecer descuentos solo a colectivos o grupos, ya que el compromiso debía beneficiar a cualquier persona con discapacidad que quisiera utilizar el servicio, viajase sola, con acompañante o integrada en un grupo.

La sentencia impone además las costas a Mar de Ons, con un límite de 1.500 euros, aunque no es firme y puede ser recurrida en casación.

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