La madre de un vigués de 25 años que falleció por un tumor cerebral: «¿Qué habría pasado si lo hubiesen operado un año antes?»
Sanidade rechaza indemnizar a la familia, pese a que el Consello Consultivo propuso compensarle con 140.000 euros
Admite el retraso diagnóstico, pero defiende que no supuso un cambio en la supervivencia global
Sanitarios sí apuntan a una «pérdida temporal de calidad de vida y mayor carga sintomática» como consecuencia de la demora

Urgencias del hospital Montecelo / Rafa Vázquez
Antón, un joven vigués que por aquel entonces tenía 23 años, no sabía lo que le pasaba. «Solo que tenía el cuerpo dormido», recuerda su madre, Alicia. Acudió a su médico del centro de salud de Navia el 30 de marzo de 2022. Le dieron un complejo vitamínico. Regresó el 8 de abril y le pidió una analítica. Veinte días después, una radiografía. Pasados dos meses, la radiografía no está informada, pero el médico ve rectificación de la columna y le recomienda fisioterapia y natación. Le costaba limpiar las mesas y recoger las botellas en el bar donde trabajaba durante el verano, pero lo que más frustración le provocaba es que ya no era capaz de tocar la guitarra con su grupo.
El médico del centro de salud de Pontevedra —al que se había cambiado este estudiante del grado de Educación Infantil— lo deriva a Neurología del complejo de Pontevedra (CHUP) en agosto. Pero este servicio la anula por «no cumplir criterios de derivación», pese a su hemiparesia progresiva —pérdida gradual de la fuerza o control muscular en un lado del cuerpo—. El Consello Consultivo de Galicia considera que, al menos desde esta anulación, «se produciu unha deficiencia na posta a disposición dos medio necesarios» en la atención a Antón, que tenía un tumor cerebral.
Su doctor recurrió y lo citaron para marzo de 2023. En un informe posterior, el médico de Primaria señala que el protocolo «dificulta mucho cualquier derivación» a Neurología si no es a través de urgencias. Por eso le dijo a Antón que acudiera por esta vía, si empeoraba. Lo hizo en octubre y desde allí pidieron a Neurología que lo viera de forma «preferente». Como no lo hizo, volvió dos veces más en noviembre y lo ingresaron. Ocho meses después de su primera consulta, le hicieron la prueba de imagen que lo conduciría al fatal diagnóstico: un glioma —tumor cerebral—. Lo derivaron a Neurocirugía del Chuvi para tratarlo y solicitaron una segunda opinión en Bellvitge, donde lo operaron sufragado por el Sergas y descubrieron que era una variante muy agresiva. Falleció el 3 de agoto de 2024.
Reclamación
La familia continuó el deseo de Antón de reclamar por el retraso diagnóstico. «Él estaba frustrado porque no le hacían caso, pero no imaginábamos el alcance real. Me siento mal porque tenía que haberme dado cuenta y no moverme hasta que le atendieran», lamenta Alicia y recuerda cómo en sus visitas le hacían sentir «la madre sobreprotectora» y, a él, «el joven caprichoso». «¿Qué habría pasado si lo hubiesen operado un año antes? No lo sabremos», plantea.
La Consellería de Sanidade ha rechazado su reclamación, cerrando la vía administrativa. Defiende que no hubo mala praxis porque los profesionales actuaron «consonte aos protocolos». Aunque asume la conclusión de Neurocirugía de que el sistema sanitario «non posibilitou un diagnóstico áxil», se apoya en los informes de los profesionales para aseverar que esto «non condicionou a evolución posterior da enfermidade» ya que el glioma difuso de alto grado «tiene muy mal pronóstico, independientemente del tiempo de diagnóstico, por su biología». Indican que, aún con uno precoz, la localización «no hubiera permitido resección radical ni curación».
Sin embargo, Neurocirugía admite que «sí puede argumentarse una pérdida temporal de calidad de vida y una mayor carga sintomática como consecuencia del retraso», así como «limitación en actividades básicas, agravando la calidad de vida en fases intermedias». «El paciente desarrolló crisis epilépticas y deterioro neurológico progresivo dependiente de cuidados y con gran afectación de la autonomía», detalla.
Consello Consultivo
«Trátase dun dano antixurídico que o doente non tiña o deber de soportar e, polo tanto, procede o recoñecemento da responsabilidade patrimonial da Administración Pública», sostiene el Consello de Consultivo de Galicia en un dictamen de febrero, en el que concluyó que se debe indemnizar a la familia con 140.000 euros. Sanidade responde que «é preceptivo, pero non vinculante» y se aparta de su criterio.
«Aínda que os servizos implicados actuasen seguindo os protocolos de derivación, a evidente dificultade na obtención dunha cita dende o Servizo de Atención Primaria nun tempo razoable á vista da situación clínica do paciente e o feito de que ata a terceira atención en Urxencias non fora ingresado no Servizo de Neuroloxía, é suficiente para concluir que a delonga na atención polo servizo especializado non pode considerarse razoable», subraya el supremo órgano consultivo de la Xunta.
La familia plantea recurrir a la vía judicial, en un caso que está llevando la abogada Emma Pallardó, de la Asociación «El defensor del paciente».
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