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Sentencia

El TSXG avala también el cierre de un aula en el Compañía de María

El Alto Tribunal concluye que la Xunta ejerce su «potestad» en lo relativo a las plazas escolares teniendo como guía los principios de «eficacia y eficiencia» a la hora de gestionar los fondos públicos

Una de las protestas organizadas por las familias del centro, en mayo de 2025.

Una de las protestas organizadas por las familias del centro, en mayo de 2025. / Jose Lores

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Vigo

Tras la reciente sentencia del Tribunal de Instancia de Pontevedra que da la razón a la Consellería de Educación en la reducción de 60 a 40 plazas ofertadas, pasando de tres a dos aulas, en 4º de Educación Infantil (3 años) en el CPR Compañía de María de Vigo para el curso 25/26, ahora es el TSXG el que, en otro fallo, avala el cierre del aula.

El colegio pidió mantener la unidad que tenía concertada y autorizada hasta el 24/25. Pero el TSXG considera que Educación ejerció su potestad en relación con las plazas escolares: «No puede obviarse la necesidad de cumplir también los principios de eficacia y eficiencia al gestionar los fondos públicos, sin que pueda primarse el interés particular de un centro frente al interés público [...]».

Lo significativo no es la demanda que pueda tener el centro, sino «la perspectiva global de las necesidades educativas de la zona y medios existentes, públicos y privados concertados, para dar respuesta a esas necesidades».

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