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Tribunales

Un abogado irá a juicio en Vigo acusado de masturbarse ante una clienta por videoconferencia

El letrado, al que el Colegio de la Abogacía abrió expediente disciplinario, cometió supuestamente los hechos durante una conversación profesional con la mujer, a la que representaba a través del turno de oficio de víctimas de violencia de género

El juicio se celebrará en la Ciudad de la Justicia de Vigo.

El juicio se celebrará en la Ciudad de la Justicia de Vigo. / Marta G. Brea

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Marta Fontán

Marta Fontán

Vigo

Un abogado irá a juicio en Vigo por supuestamente masturbarse ante una clienta del turno de oficio durante una conversación por videoconferencia. El juez instructor archivó inicialmente el procedimiento, pero la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ordenó reabrirlo y, finalmente, se ha dado impulso al caso señalándose vista oral por delito leve para julio, confirman fuentes del TSXG. Los hechos habrían ocurrido durante una videollamada de varios minutos de duración entre el letrado y la mujer, a la que representaba en un caso de violencia de género, en la que abordaban un tema profesional relacionado con dicha causa.

La causa está en trámite en la plaza 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer de Vigo, que inicialmente, en enero, la sobreseyó provisionalmente al considerar que si bien la conducta del abogado podría tener encaje en el delito de exhibicionismo del artículo 185 del Código Penal, este solo se penaliza si se comete ante menores de edad o personas con discapacidad.

Al haber sido entre adultos, «aún grabada o emitida en directo», el juez concluyó que era un comportamiento atípico penalmente hablando, «sin perjuicio de posibles responsabilidades civiles o administrativas».

Dicho auto también argumentaba, en relación con otros posibles delitos, que la videollamada fue atendida «voluntariamente» por la denunciante en el marco de una gestión profesional. «El hecho de que el investigado se masturbara durante la misma no implica que obligara a la mujer a permanecer en la llamada ni que ejerciera una fuerza para impedirle colgar la comunicación o apartar la vista. Se trata de una conducta de exhibicionismo impúdico, pero que carece de la fuerza o compulsión necesaria para ser calificada como [delito de] coacciones», esgrimió el juez, añadiéndose que tampoco concurrían los elementos de la agresión sexual, por «ausencia de contacto y de violencia/intimidación».

Conducta exhibicionista en «cercanía virtual»

La Audiencia, sin embargo, en un auto con fecha de abril, estimó el recurso de apelación de la mujer, revocando el archivo. El nuevo abogado de la denunciante esgrimió que los hechos «presentan los elementos típicos del delito de acoso sexual con prevalimiento profesional [...], al configurarse mediante conducta exhibicionista explícita en 'cercanía virtual', contexto de máxima dependencia profesional (defensa letrada de víctima de violencia de género), prevalimiento de posición de autoridad profesional institucional, anulación de la voluntad mediante órdenes profesionales compulsivas y resultado lesivo acreditado médicamente», esto en referencia al parte de Urgencias del día de los hechos por la «ansiedad y angustia» vivida por la mujer.

La sala reabrió la causa para practicar las diligencias necesarias de cara a esclarecer los hechos: ordenó tomar declaración a la víctima (para que explique cómo fue la conversación con el abogado, cómo afectó a su libertad sexual y si se sintió «intimidada y coaccionada»), así como requerir al Colegio de la Abogacía de Vigo copia del expediente disciplinario abierto al letrado, del que no trascendieron las medidas adoptadas.

Y ello para determinar si los hechos podrían tener encaje en un delito contra la libertad sexual, en uno de acoso sexual o en delito contra la integridad moral. «Solo después de la declaración de la denunciante, para que exponga con detalle lo ocurrido, el juez puede decidir si con esos datos y otros que se consideren precisos para completar la instrucción existe alguna conducta penalmente reprochable», explicó la sala.

Una captura de pantalla

En el auto que reactiva la causa se cita que, siempre según lo denunciado, el abogado estaba en un coche durante la conversación en la que supuestamente se masturbó y que la llamada duró «unos seis minutos».

La mujer habría llegado a hacer una captura de pantalla en la que constató supuestamente que el letrado «estaba desnudo de cintura para abajo» mientras hablaban. Tras la reapertura, se ha abierto juicio por delito leve, si bien las fuentes consultadas no han concretado el tipo delictivo concreto.

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