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Un caso próximo a juicio

La Audiencia rechaza la excarcelación del presunto autor del crimen de Redondela

Los magistrados rechazan el recurso presentado por la defensa, que negó el riesgo de fuga y apeló a que actuó en legítima defensa

El investigado, cuando pasó a disposición judicial tras el crimen.

El investigado, cuando pasó a disposición judicial tras el crimen. / Marta G. Brea

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Marta Fontán

Marta Fontán

Vigo

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha confirmado la situación de prisión preventiva en la que se encuentra el marinero encarcelado el 2 de febrero de 2025 por presuntamente matar a puñaladas a otro en Redondela tras años de enconadas rencillas. El abogado de Roberto Carlos G.F., de 49 años, pidió su salida del penal dado el tiempo transcurrido desde que está privado de libertad y al alegar que actuó en legítima defensa. También argumentaba que tiene arraigo, lo que a su juicio eliminaría el riesgo de fuga, y que sufre problemas de salud. Pero los magistrados, en coincidencia con la Fiscalía y las acusaciones particulares, consideran que debe continuar en la cárcel a la espera del juicio.

La sala viguesa coincide con el auto previo emitido por la plaza 1 de la Sección Civil y de Instrucción de Redondela, donde se señalaba que no variaron las circunstancias que en su día llevaron al encarcelamiento, que durante la investigación judicial se reforzaron los indicios de criminalidad y que existe riesgo de fuga por «las elevadas penas que se derivan de los delitos que se le imputan provisionalmente», la presunta autoría de un delito de asesinato consumado y de otro en grado de tentativa, «no existiendo otras medidas que pudieran garantizar su presencia en el futuro juicio».

La defensa negó el riesgo de fuga, alegando que el hecho de que el procedimiento esté en una fase avanzada «no significa que se refuercen los indicios de criminalidad, sino que hay algunos elementos que podrían incidir en la posibilidad de que se aprecie una situación de legítima defensa que reduzca, o incluso elimine, la gravedad de las penas». Sobre esta cuestión, los jueces señalan que no es el momento procesal para valorar dicha legítima defensa y, en todo caso, indican que su apreciación en la vista oral que se celebre es algo todavía hipotético.

Finalmente, ni el arraigo ni los padecimientos físicos también expuestos por el abogado del investigado eliminarían el riesgo de fuga, concluyen los magistrados en un auto con fecha del pasado abril.

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