Audiencia Provincial con sede en Vigo: cientos de miles de euros en indemnizaciones por crímenes graves, sin cobrar por las familias
Estas ejecuciones no prescriben nunca: «Puede tener el condenado la pena de prisión saldada pero pendiente la responsabilidad civil y la pensión embargada hasta su abono»
En el caso de multas millonarias por delitos de tráfico de drogas, se conmuta el impago por días de prisión

El condenado por el crimen del profesor Benito Torreiro, David M. (en la imagen), abonó los 37.000 euros de indemnización a sus familiares. / PABLO HERNANDEZ GAMARRA
Ninguna indemnización puede compensar la pérdida de una vida ni aliviar el dolor de una familia tras un asesinato u homicidio. Aun así, las cuantías fijadas por la justicia buscan reparar el daño causado: un total de 201.200 euros de indemnización para los padres y hermano de la joven Ana Enjamio, otros 525.000 euros destinados a los hijos y a los hermanos de la abogada Beatriz Lijó, 133.000 euros a los padres e hija de María Teresa Tizón, unos 37.000 euros para los herederos del profesor Benito Torreiro... A las pena de privativa de libertad se les suma una responsabilidad civil. La primera se cumple, la segunda, ya no tanto.
La sección penal de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, la Sección Quinta, cuenta con decenas de procedimientos abiertos, por impagos de las responsabilidades civiles, impagos de cientos de miles de euros que se acumulan desde hace casi 30 años. «Hay algunas que no se llegan a pagar nunca, de hecho es muy común con indemnizaciones por homicidio y asesinato que son cifras muy elevadas, aunque todas siguen en activo porque la responsabilidad civil una vez fijada en sentencia ya no prescriben nunca», explican fuentes judiciales.
Muchos de estos acusados por delitos graves, o no tan graves, han cumplido con estas penas de prisión pero no con la indemnización a las familias de sus víctimas. «Hay muchas ejecuciones en las que se han cumplido todas las penas de prisión, y entonces desde el punto de vista penal, están archivadas, pero que siguen pendientes por lo que se hace es decretar un archivo provisional hasta mejor fortuna. Esto se da en los casos en los que el condenado sea insolvente; otras ejecuciones están directamente activas porque tenemos embargada la pensión hasta que abonen toda la responsabilidad civil», añaden desde la Audiencia.
Diferencia con las multas
Además de las indemnizaciones, el tribunal vigués también cuenta con cientos de procedimientos abiertos pendiente de cobro pero en este caso, no de indemnizaciones, sino multas. ¿La diferencia? La indemnización busca reparar económicamente el daño causado a una víctima, mientras que la multa es una condena económica impuesta por la comisión de un delito. Y aquí entra el tráfico de drogas.
En causas como el del Karar, cuyo líder fue condenado a una pena de 13 años de prisión y multa de 721.546.750 euros (todavía no es firme), el impago de la misma supone la imposición de una «responsabilidad personal subsidiaria»: un día de prisión por cada cuota impagada (hasta un máximo, eso sí).
Módulos de conversión
Al tratarse de cifras tan elevadas, son los propios magistrados los que fijan estas cuotas a través de lo que se conoce como módulos de conversión. Por ejemplo, recientemente la Audiencia de Vigo condenó a 6 años de cárcel y multa de 12 millones de euros por ocultar 30 kilos de cocaína en un coche aparcado en el hospital Cunqueiro. En este caso, se fijó un día de privación de libertad por cada 10.000 euros impagados de esta multa millonaria. «Lo que ocurre con la multa es que si no la paga, pues se incrementan los días de prisión. Ahora bien, también hay que saber que si se trata de una pena de prisión superior a 5 años, entonces no se le impone la responsabilidad personal subsidiaria. Ante una multa de 600.000 de euros, si está condenado a 8 años de prisión, el impago de esa multa no tendría consecuencias», añaden desde la Audiencia, explicando eso sí, que ante el impago se procede al embargo de bienes para su subasta. «Pero si es insolvente no tiene consecuencias», reitera.
Frente a esto, otros delitos que implican penas de multa de menor cuantía como lesiones, sí se abona esta cantidad prácticamente en su totalidad. «Sí es común que se abonen; y también en condenas a empresas, sí se pagan tanto las indemnizaciones como las multas», concluyen estas fuentes judiciales.
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