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¿Hasta dónde puede llegar un agente encubierto en un operativo de narcotráfico?

La Audiencia de Vigo juzga a cuatro acusados de introducir 650 kilos de cocaína en el Puerto vigués oculta entre plátanos

Las defensas alegan que los policías infiltrados «instigaron» o «indujeron» el envío de la droga: «Impulsaron la actuación, integraron la comisión del delito»

Un instante de la vista en la Macrosala de la Ciudad de la Justicia. En primera línea, los cuatro acusados.

Un instante de la vista en la Macrosala de la Ciudad de la Justicia. En primera línea, los cuatro acusados. / Marta G. Brea

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Quien haya visto la serie «Marbella», de Movistar, comprenderá perfectamente las siguientes líneas: una agente encubierta que indujo a la organización criminal en sus operaciones de tráfico de drogas hasta el punto de que toda actuación policial quedó anulada por lo que se conoce como «delito provocado», un concepto jurisprudencial del Tribunal Supremo por la que ningún agente del Estado (un policía infiltrado, por ejemplo) puede inducir a cometer un delito, tal y como figura en el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Aunque muchas veces la ficción supera a la realidad y cualquier parecido con esta es pura coincidencia, lo sucedido esta mañana en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, no desentona ni lo más mínimo. Pongámonos en situación, en mayo de 2023 se hallaron en el Puerto de Vigo 650 kilos de cocaína disimulados en un cargamento de plátanos dentro de contenedores de tránsito comercial procedentes del puerto de Turbo, en Colombia.

Ocho personas fueron entonces detenidas tras la desarticulación de una supuesta organización de narcotraficantes, de los cuales cuatro de ellos se sentaron hoy en el banquillo de la macrosala de la Ciudad de la Justicia de Vigo donde afrontan penas de hasta 12 años de prisión y multas de 100 millones de euros.

Delito provocado vs delito comprobado

En el arranque del juicio, las defensas de los cuatro procesados, tres malagueños y un gijonés, solicitaron la nulidad de las actuaciones e invalidación de la prueba basándose en el concepto de «delito provocado» por la actuación de la docena de agentes encubiertos que participaron en el operativo antidroga. «Fueron los que impulsaron la actuación, sin ellos no estaríamos en esta Sala», exponía uno de los abogados.

Los cuatro acusados, esta mañana en la Audiencia de Vigo.

Los cuatro acusados, esta mañana en la Audiencia de Vigo. / Marta G. Brea

Los y la letrada de los acusados ahondaron durante el trámite de las cuestiones previas en la relación que se fraguó entre los agentes infiltrados en la organización y el envío del cargamento. «Quienes instigaron la comisión del delito fueron los agentes encubiertos; participaron de reuniones del grupo, estaban en su esfera de confianza, hablaron con sus familias, sus amigos... son parte implicada», alegaron las defensas.

Sin «cobertura legal»

Entre las dudas que suscitaron los cuatro abogados, destacó si hubo un «acercamiento o una verdadera participación o actuación» de los agentes en el envío de los 650 kilos de cocaína al puerto vigués. «Había expirado la autorización del agente para ejercer de encubierto durante dos meses y continuaba actuando», señala un letrado. A mayores, indicen en que en los encuentros entre estos policías y «el jefe» de la organización se manifiesta «la idea de transportar la droga al puerto de Vigo cuando las diligencias judiciales estaban pendientes de una solicitud de archivo». «Su actuación fu causalmente determinante en la reapertura del caso; la información se obtuvo sin cobertura legal», sentenciaron las defensas.

Rechazo de la Fiscalía

Por su parte, el fiscal del caso reiteró que todas estas cuestiones previas ya fueron planteándose a lo largo de la instrucción, siendo todas «rechazadas». «No existe ningún dato que avale las quejas de las defensas o que hubiera una inducción engañosa. El interés delictivo (de la organización en el envío de la droga) era preexistente», esgrimió el representante del Ministerio Fiscal.

Expuso además que el grupo «ya había realizado anteriormente actividades delictivas» y reiteró que ningún agente «actuó de manera provocadora»: «Las reuniones de los agentes encubiertos deben enmarcarse como labores de vigilancia».

Decisión judicial

Los magistrados de la Audiencia de Vigo se pronunciarán y decidirán si aceptan o no el argumento de las defensas en sentencia, por lo que el juicio se celebrará normalmente, produciéndose la declaración de los 4 acusados en último lugar. La próxima semana arrancarán, por lo tanto, las declaraciones de los policías que participaron del operativo.

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