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Tribunales

El juez rechaza que la Plataforma de Afectados por Comunidades de Montes injuriase y calumniase al presidente de los comuneros de Cabral

Luis Rodríguez había presentado una querella a raíz de un vídeo en el que vecinos y propietarios narraban presiones y amenazas

Vista aérea de los montes de Cabral, junto al Ifevi.

Vista aérea de los montes de Cabral, junto al Ifevi. / MARTA G. BREA

R.V.

Vigo

El Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo ha concluido que la Plataforma de Afectados por Comunidades de Montes no injurió ni calumnió con la publicación de un vídeo en el que vecinos y propietarios de parroquias como Tameiga o Cabral narraban presiones que sufrían en sus propiedades por la Comunidad de Montes en Man Común Santa Mariña de Cabral. Así lo recoge el magistrado en un auto dictado después de la querella interpuesta por el presidente de la entidad de Cabral, Luis Rodríguez Pérez, dirigida a la plataforma, pero también contra su presidenta, Beatriz Ucha; un dueño de una parcela junto al Ifevi, Ramón Arines; y el principal opositor en la Comunidad Santa Mariña de Cabral a la actual directiva, Fernando Fernández Molares.

En el vídeo que motivó la querella, Beatriz Ucha apuntaba que «o que fai a comunidade de montes é visitar os propiearios, dalgún xeito intimidando, comentando que hai que chegar a un acordo porque isto é monte ou notificando a través dun burofax». El juez entiende que esas expresiones carecen de relevancia penal, al no dirigirse al querellante, sino que se manifiesta como un sentimiento común integrado en el discurso.

Mientras, frases formuladas por Arines en las que recogía que «ameazáronme, tiráronme un muro ou queimáronme a finca», son para el magistrado fruto de una generalidad que no se puede considerar lesiva para el presidente de los comuneros de Cabral. La Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes recoge también que en el vídeo que motivó la querella se le dio voz al presidente de los comuneros para que expusiese su posición. Luis Rodríguez ha recurrido ante la Audiencia Provincial el archivo de la querella.

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