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El ataque de un perro Shar pei en Vigo suelto y sin bozal deriva en una indemnización de 13.400 euros

Una reciente sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia confirma la condena al dueño del can en la línea de otras resoluciones por supuestos similares

El Código Civil establece una «responsabilidad objetiva» en este tipo de casos: es «inherente» al uso de un animal aunque no sea peligroso ni concurra «culpa»

Perros de la raza Shar Pei en una foto de archivo.

Perros de la raza Shar Pei en una foto de archivo. / Efe

Marta Fontán

Marta Fontán

Vigo

El artículo 1905 del Código Civil es claro: «El poseedor de un animal o el que se sirva de él es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido». Este precepto legal es clave en todas las sentencias judiciales que se dictan por las lesiones causadas por animales. No hace falta que concurra «falta de responsabilidad» del dueño. Ni siquiera que el animal en cuestión sea peligroso. Es uno de esos supuestos en los que jurídicamente hablando existe la denominada responsabilidad objetiva: se debe reparar un daño sin necesidad de probar dolo, culpa o negligencia del causante. La responsabilidad por riesgo en estos casos, en definitiva, es inherente a la utilización de un animal. Y este artículo es el que se acaba de aplicar en un caso en el que el dueño de un perro de la raza Shar pei ha sido condenado a indemnizar con 13.409 euros a un vecino de Vigo por las heridas sufridas derivadas de una pelea canina en plena calle.

En este asunto, eso sí, existió una infracción de las normas de cuidado y control del animal por parte de su propietario. El caso tiene su origen en unos hechos ocurridos el 17 de septiembre de 2021 en la vía pública, cuando, según expuso el demandante, él paseaba con su perro «debidamente atado» y el del hoy condenado, que iba suelto y sin bozal, se abalanzó sobre el suyo, resultando él herido al tratar de separar a ambos canes.

Junto a mordeduras en una mano, el lesionado sufrió un síncope vasovagal que derivó en pérdida de conocimiento. La sentencia inicial dictada por el antiguo Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo acaba de ser confirmada, en una resolución con fecha del pasado 16 de enero que ya es firme, por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede también en la ciudad olívica, estimándose así en su integridad el pleito promovido por el demandante, representado por la abogada Saila González Simón.

Un can «fuera de control»

La sentencia de la Audiencia cita de partida ese artículo 1.905 antes mencionado y aclara que «la responsabilidad deriva de la mera posesión del animal y solo se evita que surja la obligación de indemnizar por el daño causado cuando se rompa el nexo causal por fuerza mayor o por culpa del perjudicado».

El dueño del Shar pei, una raza con siglos de antigüedad que no está entre las consideradas potencialmente peligrosas, alegó en su defensa que la culpa fue de la víctima, que se lesionó al intervenir para separar a los perros, añadiendo incluso que fue el animal del perjudicado y no el suyo el que realizó las mordeduras.

Los magistrados desestiman los alegatos. Hay un hecho acreditado, que es que el perro del condenado «circulaba suelto y sin bozal», lo que, junto a lo que estipula en el Código Civil, incumple las previsiones de la Ley de Bienestar Animal aprobada en 2023, que establece que los canes deben ir atados por la calle, con la excepción de las zonas habilitadas para que estén sueltos.

Y, sobre el proceder del herido al tratar de separar a los animales, los jueces concluyen que no merece «reproche alguno», siendo «irrelevante» incluso que hubiese sido el can del propio herido el que hubiese causado las lesiones. Ello, dice la sala, no excluye la negligencia del condenado, ya que la refriega se originó porque llevaba al animal suelto, dejándolo «fuera de control».

Una notable indemnización de casi 100.000 euros

En otras sentencias de la Sección Sexta casos similares han acabado también en condena. Una resolución de 2023 condenó al propietario de un perro a indemnizar con más de 95.000 euros a una mujer por las severas lesiones sufridas en la mano derecha por la mordedura del animal: el can se había escapado de la perrera donde su dueño lo había dejado, algo que el animal consiguió tras levantar la bisagra de la puerta y el pestillo con el morro. En este procedimiento la perjudicada estaba representada por la misma abogada que asistió al vecino de Vigo al que le acaban de dar la razón en el caso del Shar pei.

En un fallo judicial de 2024 la indemnización se fijó en 7.300 euros y la herida fue una mujer que estaba entrenando con tres perros para preparar sesiones de terapia canina, en un descampado en Sárdoma. Los canes fueron atacados por otros dos que acababan de salir de un portal. Uno de los animales de la demandante sufrió graves heridas y ella también tuvo lesiones en una pierna.

Y en otro asunto más enjuiciado en Vigo se impuso el pago de casi 12.000 euros a la dueña de un perro pitbull y a su compañía aseguradora: el animal se le escapó al abrir la puerta de su vivienda, inició una pelea con otro de raza Beagle y un hombre acabó resultando herido en la cara.

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