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Explotación sexual

Cárcel y 1.500 euros de multa a los dueños de un club de alterne de Vigo por no dar de alta a las mujeres en la Seguridad Social

La Audiencia Provincial de Pontevedra entiende acreditado que el club se dedicaba a la prostitución, pero que las empleadas no tenían autorización

El local, ya cerrado tras un desahucio, estaba en un chalé de Castrelos

Un momento del juicio en la sección quinta de la Audiencia Provincial el pasado 10 de febrero.

Un momento del juicio en la sección quinta de la Audiencia Provincial el pasado 10 de febrero. / Marta G. Brea

Vigo

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a los dos gestores de un club de alterne de Vigo a un año y seis meses de cárcel, respectivamente, como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores. Además, deberán indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social con 1.566 euros. En la sentencia, los magistrados también suspenden la actividad de la sociedad a través de la cual gestionaban el club durante cinco años.

 Además, imponen cinco meses de prisión a un tercer acusado como cómplice de dicho delito, pues el tribunal indica que se encargaba de recibir y contratar verbalmente a las trabajadoras, a quienes explicaba las normas. Asimismo, cobraba a los clientes y entregaba a las mujeres su porcentaje. La irregularidad se descubrió en dos visitas conjuntas realizadas por la Inspección Laboral y la Policía Nacional en febrero y agosto de 2023.

Situación irregular

 La Audiencia entiende acreditado que los acusados gestionaban el club, dedicado a la prostitución y al alterne, donde emplearon a varias trabajadoras sin dar de alta en la Seguridad Social, incluyendo a algunas en situación irregular y sin autorización para trabajar. La mayoría de las mujeres que estaban allí eran originarias de Colombia, pero también había mujeres de otras nacionalidades, como españolas, brasileñas o dominicanas.

En la sentencia, los jueces explican que, además del reconocimiento de los hechos realizado en el juicio por parte de los acusados, cuentan con corroboraciones de los mismos, entre ellas prueba documental como las actas de inspección conjunta de la Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades Documental y la Inspección Laboral en el club. El fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.

Colaboración ciudadana

[La Policía Nacional agradece la colaboración ciudadana y recuerda la posibilidad de denunciar, también de forma anónima, a través de canales específicos para la protección y asistencia de Victimas de Trata de Seres Humanos al teléfono 900105090 y correo electrónico trata@policia.es].

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