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Un juzgado exime de pagar 8.000 euros de electricidad a una jamonería de Vigo debido al «caos absoluto en la facturación»

La sentencia anula la demanda tras constatar facturas contradictorias, rectificaciones sucesivas y tarifas que no se correspondían con el consumo; además condena en costas a la empresa demandante

Una factura de la luz.

Una factura de la luz. / EP

Una jamonería tradicional de Vigo ha quedado exenta de abonar más de 8.000 euros que le reclamaba una empresa eléctrica tras un proceso judicial marcado por errores, refacturaciones e incoherencias. El juzgado, según recoge la resolución, aprecia un «caos absoluto en la facturación» y concluye que no existe una secuencia clara que permita determinar con certeza una deuda concreta.

La tienda, que tenía contratada una cuota fija, venía recibiendo importes variables mes a mes, con facturas que llegaban con retrasos de varios meses y otras que rectificaban pagos anteriores. La situación se produjo desde que comenzó a trabajar con Xenera Compañía Eléctrica S.A., distribuidora vinculada a la antigua Unión Fenosa, actualmente integrada en el grupo Gas Natural.

La demanda inicial ascendía a 8.767,82 euros, basada en un conjunto de facturas emitidas en marzo de 2023, pese a referirse a consumos de entre 2021 y 2022. El juzgado obligó a retirar gastos de gestión incluidos, reduciendo la cuantía a 8.606,39 euros.

Posteriormente, la propia demandante reformuló su petición hasta 7.595,64 euros, aunque el juzgado volvió a corregirla por reincidir en la inclusión de esos gastos ya declarados improcedentes. Finalmente, tras la audiencia previa y con las pruebas ya admitidas, la parte actora modificó de nuevo la reclamación y la limitó a cuatro facturas por 3.605,56 euros.

Facturas variables con contrato fijo y tarifas que no encajaban

La prueba pericial resultó clave para confirmar que, pese al contrato por cuota fija, se había facturado de forma variable; además, se emitieron rectificaciones «de forma extraña» y se detectó que la tarificación aplicada no correspondía con el consumo realizado.

En la sentencia, el juzgado concluye que se aprecia un «caos absoluto en la facturación llevada a cabo por la actora, caracterizado por la emisión de facturas contradictorias, rectificadas en varias ocasiones, anuladas y compensadas mediante abonos posteriores, sin que exista una secuencia clara y estable que permita identificar con certeza una deuda concreta».

Además de desestimar la demanda, el fallo condena en costas a la parte demandante al considerar que «la reclamación fue formulada y mantenida pese a la existencia de errores evidentes en la facturación, reconocidos por la propia actora», que dieron lugar a rectificaciones, anulaciones y abonos incluso con el procedimiento judicial ya iniciado.

El abogado que llevó la defensa, Antonio Heredero (BGI-LAW), sostiene que la sentencia evidencia prácticas abusivas en la facturación y se mostró satisfecho por el resultado: «Por haber podido ayudar a una jamonería de toda la vida que, además de hacer frente a todos los problemas habituales, ha tenido que enfrentarse al abuso de una empresa eléctrica sin escrúpulos a la hora de tratar de aprovecharse del trabajo de los demás».

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