El «esqueleto» de la calle Rosalía de Castro agoniza
El Concello de Vigo ordenó a la propiedad hace años el derribo del edificio
La justicia avala la segunda multa coercitiva impuesta por el Ayuntamiento

Estado actual del edificio del número 53 de la calle Rosalía de Castro. / Marta G. Brea
En una de las calles más caras de Galicia para residir, se levanta desde hace dos décadas un edificio a medio construir en el número 53. Llama la atención por su altura y su estado de abandono: rompe por completo la estética de esta céntrica zona de Vigo, una de las más codiciadas.
La Gerencia de Urbanismo del Concello de Vigo ordenó su derribo hace ya casi siete años. Los informes técnicos concluyeron en su momento que es ilegalizable: se incumplen las alineaciones, cuenta con más alturas de las permitidas y su licencia de obra está caducada. En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento advirtió que procedería a la ejecución forzosa con la ejecución subsidiaria a cuenta del interesado o a la imposición de multas coercitivas mensuales de 1.000 a 10.000 euros. A mediados de 2022, reiteró la solicitud de derribo, pero la propiedad, Construcciones Grial, recurrió y llevó la cuestión al juzgado.
En una sentencia reciente, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo avala la segunda multa coercitiva de 2.000 euros impuesta por el Concello de Vigo a la propietaria del edificio. La sanción busca forzar la ejecución de medidas urgentes de seguridad tras los desprendimientos registrados hacia el patio del colegio colindante -el Niño Jesús de Praga-, un episodio que ya había obligado al Ayuntamiento a dictar una orden de ejecución en octubre de 2024.
La sentencia concluye que la empresa no cumplió de forma íntegra ni dentro del plazo las actuaciones exigidas por Urbanismo, pese a que la resolución municipal detallaba con precisión las intervenciones necesarias para garantizar la estabilidad del edificio y la protección del entorno escolar.
La sentencia también valida la motivación municipal para fijar la cuantía de la multa, aludiendo al tiempo transcurrido, al riesgo para la seguridad de personas y bienes, a la inactividad de la propiedad y al hecho de tratarse de la segunda sanción coercitiva en el mismo expediente. Además, impone las costas del proceso a la empresa, con un límite de 500 euros.
Construcciones Grial remitió el 25 de noviembre de 2024 un informe de su arquitecto técnico en el que se describía el estado de las mallas y bandejas de protección ya instaladas y se proponía reforzar un hueco de la cuarta planta. Sin embargo, el juzgado subraya que esa actuación parcial no equivalía al cumplimiento de la orden, que incluía la retirada de vegetación de las fachadas, la limpieza de cascotes acumulados, la instalación de una red de protección en la fachada trasera y el balizado inmediato de una zona amplia del patio del colegio hasta la finalización de los trabajos.
Inspección del Concello
El Concello realizó una inspección el 10 de diciembre de 2024 desde el patio del centro escolar, el mismo lugar donde meses antes habían caído restos del edificio. El informe municipal constató que «no se han adoptado la totalidad de las medidas de seguridad ordenadas» y que la fachada seguía en mal estado, incluso sin la red de protección en parte del paramento.
Con esa constatación, Urbanismo declaró incumplida la orden y activó la segunda multa coercitiva, ahora avalada por el juez. El magistrado recuerda que el margen de control judicial sobre las multas coercitivas es limitado y se centra en verificar si la orden fue notificada, si se respetó el plazo de cumplimiento voluntario, si existió apercibimiento y si, llegada la fecha, el obligado había ejecutado íntegramente lo ordenado. En este caso, concluye que la empresa «ha cumplido algo de la resolución ejecutiva, lo que consideró oportuno y también cuando tuvo a bien», pero no lo exigido ni en tiempo ni en forma. «El cumplimiento debe ser íntegro, no por entregas», señala el fallo.
El conflicto en torno a Rosalía de Castro 53 es uno de los más prolongados de la disciplina urbanística viguesa. El edificio permanece sin uso y sin posibilidad de legalización desde hace años. Acumula órdenes de demolición, recursos y resoluciones administrativas sin que se haya ejecutado una solución definitiva.
Su proximidad inmediata a un colegio ha añadido presión institucional y social, especialmente, tras los desprendimientos que motivaron la orden de seguridad ahora en litigio. La resolución no es firme: se permite a la empresa presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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