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La Audiencia acerca a juicio la ampliación del campo de golf del Aeroclub de Vigo

Rechaza el archivo pretendido por la Comunidad de Montes de Cabral en base a «indicios razonables» de posibles delitos contra la ordenación del territorio y el medio ambiente

Se necesitarían 20 años para recuperar los 250 metros de bosque que han sido talados

El Real Aeroclub de Vigo.

El Real Aeroclub de Vigo. / PABLO HERNANDEZ GAMARRA

Vigo

Los magistrados de la Audiencia de Vigo han rechazado el recurso presentado por la Comunidad de Montes de Cabral en relación con las obras realizadas en sus terrenos alegando que se trataban de «trabajos de limpieza forestal», no existiendo constancia «de que estuvieran dirigidas a la construcción de unos hoyos de golf».

El Juzgado de Instrucción nº4 de Vigo atribuyó a su presidente la presunta comisión de delitos contra la ordenación del territorio y contra el medio ambiente en base a «indicios razonables» de que estas obras obedecían a la urbanización de tres nuevos hoyos para el campo de golf del Real Aeroclub, y recuperar así el terreno perdido por expropiación para ampliar la pista de aterrizaje y despegue del aeropuerto.

Patrimonio Natural

La presidencia de la Comunidad pidió el archivo de estas actuaciones recurriendo el auto del juzgado instructor que transformaba las diligencias previas en procedimiento abreviado, acercando el caso a juicio.

Pero la Audiencia ratificó este auto tomando como referencia un informe del Jefe de Servicio de Patrimonio Natural de Pontevedra, que observaba necesario recuperar el denominado «bosque de galería» que habría sido talado a colación de estas obras en unos 250 metros «siendo necesarios unos 20 años para que los ejemplares que se planten alcancen el porte de los eliminados».

Con todo, señalan los magistrados que sí se ha introducido por parte de los investigados una «explicación alternativa» que podría ser «satisfactoria» dando lugar a su absolución pero recalca que no es el momento procesal para la valoración de hechos, indicios y conclusiones: «Valorarlas incumbe al órgano sentenciador».

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