La Fiscalía abre diligencias para «verificar» que Audasa acata la sentencia de los peajes de la AP-9
Estudiará las «vías» para la ejecución forzosa si no cumple y avisa de que el incidente de nulidad no suspende la eficacia salvo excepciones

Uno de los atascos registrados durante las obras en Rande. / FdV

La Fiscalía de Pontevedra ha incoado diligencias preprocesales civiles con el objetivo de «verificar» que Audasa cumpla voluntariamente la sentencia del Tribunal Supremo que la condena a devolver parte de los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande en la AP-9, realizadas entre febrero de 2015 y junio de 2018. En caso de que no lo haga, avanza que «estudiará las vías» de cara a la ejecución forzosa de dicha resolución. El caso acaba de tener un inesperado giro de guión tras la presentación por parte de la concesionaria de un incidente excepcional de nulidad de actuaciones ante el Supremo como paso previo a un posible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero el Ministerio Público señala que ese movimiento «no impide la eficacia y ejecución» de la sentencia, que ya es «firme», salvo que excepcionalmente se acuerde, algo «muy inusual».
Una sentencia firme
La sentencia del Supremo que concluye que Audasa incurrió en una práctica abusiva y de la que son beneficiarios los consumidores (particulares) afectados por las 81 incidencias de tráfico reconocidas se conoció el 28 de octubre. Esa misma noche la concesionaria abría en su página web un buzón especial, que sigue activo, para atender las reclamaciones económicas de los beneficiarios. Parecía así que este proceso judicial iniciado en 2018 tocaba a su fin, pero la empresa no se da por vencida y, finalizada la vía ordinaria, acaba de emprender la extraordinaria presentado un incidente excepcional de nulidad ante el Supremo.
¿Pueden los conductores reclamar ya?
Ante este nuevo panorama, ¿se puede ejecutar la sentencia? ¿los conductores que conservasen la documentación acreditativa pueden cobrar ya o deberán esperar? La Fiscalía explica que ha dado un «tiempo prudencial» a Audasa para que cumpla voluntariamente ya que «es lo deseable y el modo natural de cumplir con las resoluciones judiciales». Para «verificar» esto, ha incoado diligencias y, si la empresa no acatase el fallo, verá cómo ejecutar forzosamente, trámite en todo caso para el que hay que esperar 20 días hábiles desde la firmeza del fallo. «El Ministerio Fiscal está legitimado para instar la ejecución en beneficio de los consumidores y usuarios», aclara.

Peaje de Audasa. / Marta G. Brea
El papel de la Fiscalía
«El fiscal delegado de Consumo, Alejandro Tuero, llegado el caso estudiará la forma de facilitar la gestión de la reclamación a los afectados y al juzgado, tanto buscando formas de concretar los beneficiarios para que conozcan su derecho como determinando vías que permitan vehicular las reclamaciones de la forma más sencilla posible», ahonda.
El recurso de Audasa no paraliza la devolución
Sobre el paso dado ahora por Audasa con el incidente de nulidad, del que no se dio aún traslado al fiscal, «en cualquier caso no impide la eficacia y ejecución de la sentencia salvo que así lo resolviese de forma expresa el Supremo». Y en caso de que la concesionaria fuese al Tribunal Constitucional, solo excepcionalmente se contempla que dicho tribunal pueda suspender los efectos del fallo, «lo que es muy inusual en la práctica».
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