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La Xunta indemnizará a una docente por no abrir el protocolo de acoso laboral

La profesora denunció un entorno laboral «hostil y humillante» pero no fue escuchada

El TSXG ratifica la absolución del director del CMUS sobre las acusaciones de la docente

Una actividad en el Conservatorio Profesional CMUS.

Una actividad en el Conservatorio Profesional CMUS. / Marta G. Brea

Vigo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Xunta a indemnizar con 7.501 euros a una profesora de piano del Conservatorio Profesional de Vigo (CMUS) por no haber abierto el protocolo de acoso laboral, petición que llegó a reiterar hasta en dos ocasiones. Tras su primera solicitud, el Comité de Intervención —órgano encargado de la prevención, detección, actuación y resolución de situaciones de acoso laboral y otras discriminaciones— archivó la denuncia de forma unánime sin «haber dado audiencia», es decir, sin llegar a entrevistarse, con la profesora.

Esta primera petición data de octubre de 2022; la segunda de marzo de 2023. Sin embargo, no fue hasta enero de 2024 —un año y tres meses después— que la Consellería de Educación a través del servicio de Inspección emitió un informe en el que rechazaba la situación de acoso laboral. Afirmaba en el escrito que no se apreciaron «conductas de violencia psicológica intensa, intencionadas, encaminadas a crear un entorno hostil y humillante cara su persona o destruir su reputación personal y profesional por parte del codemandado [el director del CMUS]».

A mayores, en esta sentencia, el Alto Tribunal gallego, mantiene la absolución del director del CMUS sobre las acusaciones de acoso vertidas por la docente, que no son estimadas por el recurso de suplicación.

Retardo en su activación

Los magistrados de la Sala de lo Social del TSXG desestiman todas las alegaciones de la profesora respecto al comportamiento del director como ya hizo en su momento el Juzgado de lo Social nº 6 de Vigo, no así respecto a la Consellería. Concretamente, advierten que el organismo autonómico cometió un «retardo» en la activación del protocolo de acoso por parte de la Xunta, hecho que «contraviene la normativa de prevención de riesgos laborales», en concreto, la comisión de una «falta muy grave» en materia laboral.

Los hechos recogidos en la sentencia ponen sobre la mesa un entorno de discrepancias y conflictos entre la profesora denunciante y otros miembros del claustro y equipo directivo del Conservatorio Profesional. En el fallo, se explica cómo el director puso en conocimiento de Inspección el comportamiento disruptivo de la denunciante, que ha tratado de «desacreditar su figura» y que «no es la primera vez que tienen lugar estas actuaciones». A este extremo, explica la representación letrada de la docente que no se activó protocolo porque el director no lo pidió y tampoco lo hizo de oficio la Consellería.

En otro episodio relativo a la agenda de la Programación General Anual del Conservatorio, también el director dirigió a Inspección un escrito en el que aludía a «comentarios poco afortunados» de la denunciante hacia el director, si bien aquí tampoco se activó por parte de la Consellería —a pesar de ser conocedora de episodios disruptivos— ningún protocolo de acoso.

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