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Condenado por quedarse con una cartera con dinero que encontró en una gasolinera

La Audiencia ratifica la sentencia que le obliga a devolver 950 euros a la propietaria

m. f.

Suelen abundar las noticias de ciudadanos que, tras encontrarse con carteras o sobres con abultadas cantidades de dinero en la calle, las entregan para que sean devueltas a sus legítimos dueños. Pero, ¿qué ocurre en caso contrario? Pues quedarse con algo «ajeno» es constitutivo de delito. Y un claro ejemplo de ello es una reciente sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que ha confirmado la condena por delito leve de apropiación indebida emitida contra un hombre que, tras toparse con una cartera en una gasolinera de la calle Ramón Soler de Vigo, «se la apropió con todo lo que había en su interior», como acreditaron las grabaciones que lo identificaron «plenamente».

La sentencia inicial, del Juzgado de Instrucción número 2 de Vigo, le impuso el pago de una multa de 240 euros e indemnizar a la denunciante con otros 950 euros «por el perjuicio causado en cuanto al dinero que llevaba en la cartera». Una de las cuestiones que alegó el condenado fue que la declaración de la mujer resultaba «insuficiente» para acreditar el importe fijado como responsabilidad civil, pero la Audiencia, citando la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal y la jurisprudencia existente sobre la materia, considera que el testimonio de la víctima/testigo es suficiente «para la acreditación del dinero sustraído».

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