“Mi jefe solo quería sentir que podía someterme, que me tenía”

El TSXG eleva a 75.000 euros la indemnización por daño moral a una peluquera cuyo jefe en un evento la intentó tocar y besar

Empleada de una peluquería, ante distintos tipos de tintes.

Empleada de una peluquería, ante distintos tipos de tintes. / FDV

“Llevaba 28 años trabajando con él; yo iba a ese evento con él como si fuera con mi padre o mi hermano. Por eso me quedé tan en shock por lo ocurrido”. Los hechos a los que se refiere Luz María, una peluquera de Vigo, ocurrieron a principios de junio de 2022. Luz María y su jefe acudían a un congreso laboral a San Sebastián. “La primera sorpresa que me llevo es cuando me dicen en el hotel que tenemos que compartir habitación; él me dijo que no había otra opción. Luego me entero que hace meses rechazó una segunda y que ese día había hasta 14 habitaciones libre en ese hotel”, esgrime Luz.

Esa primera noche, mientras ambos se preparaban para la cita, su jefe la tiró a la cama y la intentó besar y tocar, llegando ambos a forcejear. “Podía haber pasado cualquier cosa en esa habitación, se puso violento. Menos mal que pude salir de ahí, imagínate que me bloqueo… Fue algo instintivo, solo salí rápido de la habitación”, cuenta la peluquera.

«Llevábamos 28 años de trabajo juntos; para mí ir al evento con él era como ir con un padre»

Tras estos hechos, que relató a sus compañeras de trabajo, la mujer sufrió de ansiedad y un trastorno adaptativo mixto, siendo declarada en incapacidad temporal y, posteriormente, despedida. Demandó a su jefe y, en primera instancia, la sentencia de un Juzgado de lo Social de Vigo declaró nulo el despido, condenando al hombre a readmitirla así como al pago de una indemnización por acoso sexual de 25.000 euros. “Cuando veo que la sentencia dice que vuelva a trabajar con él todavía me pongo peor. Llevo de baja desde entonces, medicada. Es una persona narcisista; me tocó a mí como pudo haberle tocado a cualquiera. A cualquier mujer que entrase en esa habituación le hubiera pasado lo mismo, solo quería sentir que podía someterme, que podía estar conmigo si él quería”, cuenta Luz, quien decidió recurrir este fallo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

En una sentencia emitida esta semana, el Alto Tribunal gallego incrementa la indemnización por acoso a los 75.000 euros por la gravedad de los hechos. Los magistrados entienden, primero, que “el hecho de que el propio empleador reserve una única habitación para compartir con su trabajadora, sin contar con el consentimiento de la actora, atenta al derecho fundamental de la intimidad personal”.

La sentencia indice mucho en este aspecto, especialmente en lo relativo a la ausencia de consentimiento por parte de la demandante en la reserva de una única habitación para el fin de semana del evento. «No se trata de un indicio, sino de un verdadero atentado a la intimidad», apuntala el fallo.

"No podía dejar de preguntarle ¿qué has hecho conmigo? Fue todo premeditado”

A esto hay que sumarle una serie de notas manuscritas, que el propio jefe reconoció haber redactado y de cuyo contenido se refuerza la justificación del acoso laboral. “No te imaginas las ganas que tengo de abrazarte, espero que si lo intento no me huyas […] te deseo tanto como respirar, porfa no me dejes morir”, esgrimía la nota. “Yo no daba crédito. Siempre he sido una persona muy seria y responsable trabajando, no me ando con tonterías. Estuve muchos años trabajando con él, y luego dejé mi trabajo para irme con él a su peluquería, por eso ya reacción me pilló tan de sorpresa. No podía dejar de preguntarle ¿qué has hecho conmigo? Fue todo premeditado”, explica Luz María.

Alegatos

Tal y como se recoge en la sentencia del TSXG, el hombre recurrió también el fallo de primera instancia alegando indefensión, ya que, insiste, durante el acto de juicio no le dejaron aclarar ni alargarse en las respuestas para poder explicar su situación. El tribunal, por su parte, rechaza esta indefensión al explicar que tras el visionado de los interrogatorios «se comprueba que no se ha formulado la oportuna protesta, siendo momento procesal oportuno». «El demandado se ha podido explicar debidamente en el acto de juicio, no habiendo ninguna obstaculización en sus explicaciones», asevera el TSXG.

Aunque el proceso judicial haya terminado con esta sentencia, los recuerdos y la sensación de impotencia por parte de esta trabajadora no han desaparecido. “A veces me pregunto si todo este proceso judicial ha merecido la pena. Volver a recordarlo todo, tener que volver a verlo… Yo lo pasé muy mal, sigo medicada y aún no sé si compensa. Siento que no tengo nada que celebrar aunque la sentencia haya sido favorable. Tengo muchas fobias y miedos; solo espero poder a volver algún día a trabajar en una peluquería”, concluye Luz María. 

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