Le diagnostican lumbalgia en la sanidad privada y en el Cunqueiro descubren que padecía un cáncer terminal

La Audiencia Provincial, con sede en Vigo, impone una indemnización de 35.000 euros para el padre de la paciente

La mujer que sufrió un «peregrinaje» de más de 10 meses por consultas de traumatología sin que se le realizase una «simple radiografía»

Entrada del Servicio de Urgencias del hospital Álvaro Cunqueiro, donde primero la diagnosticaron un derrame pleural

Entrada del Servicio de Urgencias del hospital Álvaro Cunqueiro, donde primero la diagnosticaron un derrame pleural / Marta G. Brea

«La paciente inició [en abril de 2019] un peregrinaje acudiendo a distintas consultas de traumatología y sometiéndose a distintas sesiones de rehabilitación en rodilla y hombro sin que obtuviese una mejoría plena, circunstancia que debió como mínimo alertar a los profesionales que la atendieron». Pero la alarma no saltó hasta finales de enero de 2020, cuando la mujer cambió los centros médicos privados a los que acudía por el hospital Álvaro Cunqueiro; allí le detectaron un cáncer de pulmón en estadio IVB que acabó con su vida dos semanas después.

Son los hechos que recoge una reciente sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en la que se impone a Vithas Gestión Sanitaria Gallega —dueña del antiguo Fátima— y a SegurCaixa Adeslas una indemnización de 35.000 euros, más los intereses legales, para el padre de la fallecida. Consideran los magistrados, a diferencia de la jueza de instancia, que había absuelto a las demandadas, que la tardanza en el diagnóstico pese a la sintomatología supuso una pérdida de oportunidadque perjudicó «sus posibilidades terapéuticas o incluso paliativas».

El calvario de la mujer tuvo su primer episodio a finales de febrero de 2019, cuando acudió con dolor de hombros al servicio médico de Adeslas, donde le pautaron rehabilitación. En abril, una caída le causó una fractura de rodilla que fue atendida en el por aquel entonces hospital de Fátima. Desde ese momento, acudió en varias ocasiones a urgencias y consultas, tanto por molestias en la rodilla como en los hombros. A finales de diciembre, se le diagnosticó una lumbalgia bilateral y se le prescribieron fármacos para el dolor.

«Distintos errores»

Tras varias visitas más al citado hospital y al centro médico de Adeslas, quejándose también de problemas respiratorios, el 20 de enero decidió acudir al servicio de urgencias del Chuvi. Allí le detectaron un derrame pleural submasivo que llevó a practicar más pruebas que, días después, culminaron con el diagnóstico de un cáncer pulmonar en estadio IVB. El tumor ya se había extendido por los huesos de una pierna, de la pelvis y de la espalda. Su estado era irreversible.

Una radiografía de los pulmones, como la que detectó las afecciones de la mujer

Una radiografía de los pulmones, como la que detectó las afecciones de la mujer / Europa Press

A partir de esta secuencia y de la declaración del médico que actuó como perito, y que estimó en un año y medio el desarrollo de este tipo de tumores, los magistrados concluyen que se produjeron «distintos errores» en los diagnósticos desde la primera vez que acudió a los servicios médicos.

«Se le debieron practicar las pruebas necesarias para detectar, de forma temprana, la enfermedad que dio lugar a su fallecimiento, incrementando así su supervivencia y su posibilidad de tratamiento», reza la sentencia, que recalca que las demandadas «no agotaron la diligencia que les era exigible».

El perito había declarado que la lumbalgia que se le diagnosticó en diciembre por sí sola no es indicativa de que exista un carcinoma, ya que es compatible con otras dolencias, como artrosis. Sin embargo, al ir acompañada de un síndrome general —astenia, cansancio, pérdida de peso, anorexia—, «sí podría sospecharse de una afección más grave».

Testimonio de la hermana

Y, en este punto, los magistrados conceden gran relevancia al testimonio de la hermana de la paciente. La familiar relató que a lo largo de 2019 su hermana sufrió un deterioro en su estado de salud físico y psíquico por los dolores que padecía. Ya en diciembre las molestias le impedían caminar y también presentaba problemas para respirar. Esa descripción concuerda con lo que refleja el primer informe realizado en las urgencias de Chuvi, en el que también consta la anorexia, con pérdida de tres kilos en pocas semanas, y episodios de ansiedad.

«Existen evidencias de que esa insuficiencia respiratoria existía en las últimas consultas que tuvieron lugar en el hospital de Fátima y, pese a ello, y pese al historial y evolución clínica de la paciente durante 10 meses, no se le practicó una simple radiografía, prueba sencilla y de bajo coste económico que habría evidenciado la enfermedad que sufría», exponen los magistrados. Entienden que el retraso en el diagnóstico generó una «evidente incertidumbre» y rechazan que el avance de la enfermedad hubiese sido el mismo de haberse detectado dos meses antes.

La defensa del padre de la paciente esgrimió otro argumento para reclamar la indemnización, pero en este caso la Audiencia coincide con la sentencia de instancia en rechazarlo. Postulaban que la mujer, en 2016, ya había sido operada de un tumor de piel, en la nariz, en Fátima. Pero como la intervención no figuraba en su historia clínica, se le habría perjudicado a la hora de hacer el diagnóstico. Sin embargo, el citado perito médico aseguró que ese tipo de carcinoma «no suele dar metástasis prácticamente nunca», por lo que no habría influido en el fatal desenlace.

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