Los pleitos concursales rozan el millar impulsados por las familias en crisis
A punto de cumplirse una década desde que irrumpió la Ley de Segunda Oportunidad, los concursos de particulares endeudados suponen el 87% frente al 13% de empresas

Junto a los concursos de acreedores, aumentaron otros pleitos como los despidos o los monitorios, pero bajaron los de okupación de viviendas. / Marta G. Brea

El próximo 30 de julio se cumplirá una década desde la entrada en vigor de la Ley 25/2015, más conocida como Ley de Segunda Oportunidad. Durante los primeros años pasó bastante desapercibida. Nacida con el objetivo de que las familias sobreendeudadas pudiesen liberarse de esa insalvable losa económica para poder empezar de cero, esta herramienta legal supuso que los concursos de acreedores dejasen de ser exclusivos de las empresas y se extendiesen también a los particulares. Los pleitos empezaron a llegar de forma tímida durante los primeros años, pero, a día de hoy, se puede hablar sin duda de que ha habido una explosión de litigios. Porque en 2024, en Vigo y el resto de la provincia de Pontevedra, se ha rozado el récord del millar de procesos concursales: fueron concretamente 949. Y el 87%, es decir, nueve de cada diez demandas, fueron presentadas por particulares. Los de empresas solo representaron el exiguo 13% restante.
Todavía no se ha tocado techo. «La ley aún se está conociendo. Muchas personas ignoran que existe este mecanismo legal, pero gracias a la publicidad que de la misma se hace a través de los despachos de abogados o porque muchas veces los propios funcionarios judiciales se la aconsejan a personas afectadas por ejemplo por embargos, poco a poco la información va llegando a los ciudadanos», afirma el abogado vigués Xosé Lois Valcárcel. En 2016, tras la entrada en vigor de la norma, apenas una veintena de particulares se animaron a declararse en concurso en todo el ámbito de la provincia pontevedresa. En 2024 fueron 821, cifra en la que se incluyen los 63 asuntos también de personas naturales pero con la condición de empresarias. Frente a esta avalancha, solo hubo 128 de los de toda la vida, es decir, de los de empresas.
¿Cuáles son los perfiles?
¿Cuál es el perfil del particular que acaba recurriendo a este procedimiento judicial? Uno es el de aquellas personas que en su momento tuvieron una actividad empresarial y que, debido a la crisis o quiebra de dicha sociedad, acaban asfixiados por las deudas. En muchos de estos casos los únicos acreedores son los bancos. Es el caso de una viguesa que avaló créditos de una empresa que acabó cerrando y que ha conseguido que el Juzgado de lo Mercantil de Vigo, en un reciente auto, la exonere del pasivo insatisfecho, que asciende a la friolera de aproximadamente 3 millones de euros. Roberto Lagoa Santodomingo es el abogado que la representó y lleva otros pleitos similares. «En casos así, cuando ya te liquidan todo lo que tienes y existe una deuda de esta magnitud, la única manera de poder salir adelante es acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad», advierte este letrado.
El otro perfil es el del particular sin actividad empresarial que, generalmente con cantidades bastante más modestas, acaba igualmente sobreendeudado. Cualquier «acontecimiento imprevisto», dice el letrado Xosé Lois Valcárcel, puede llevar a una persona a esta difícil situación. Perder el trabajo, una enfermedad... «Pides un crédito, no te llega y pides otro, y otro... y al final se forma una gran bola que deriva en una situación insostenible», indica.
Deudas bancarias y públicas
La exoneración de ese pasivo insatisfecho, una vez acordado judicialmente, alcanza a las deudas bancarias, las que se pueden tener con proveedores y también al crédito público, si bien en este último caso dicha exención tiene un límite legal de hasta un máximo de 10.000 euros. Esto último afecta a las deudas con la Agencia Tributaria, con la Tesorería de la Seguridad Social y las que se puedan tener con administraciones como los ayuntamientos o las diputaciones en casos de impago de impuestos.
Caen los casos civiles por okupación de vivienda
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hizo ayer públicos los datos sobre el efecto de la crisis en los órganos judiciales relativos al conjunto de 2024. Junto a los concursos de acreedores, en dicho informe que se publica trimestralmente se analizan otro tipo de pleitos, como los despidos, los procedimientos monitorios para reclamar deudas, las ejecuciones hipotecarias o los lanzamientos de viviendas. También los relativos a los litigios civiles por okupación de viviendas. En los juzgados de Vigo y del resto de la provincia de Pontevedra se tramitaron el pasado año 26 causas de esta naturaleza, la cifra más baja de los últimos años.
Cuando un propietario ve como su casa ha sido okupada sin que dichas personas accedan a abandonar el inmueble, puede acogerse a dos vías en el ámbito judicial: la civil y la penal. En la primera el procedimiento que procede es el verbal posesorio por ocupación de vivienda, que tal y como explica el propio Poder Judicial, es un tipo de litigio que pueden emprender tanto las personas físicas (particulares) como las entidades sin ánimo de lucro con derecho a poseer una vivienda como las entidades públicas propietarias o poseedores legítimas de vivienda social.
Se trata del conocido como desahucio exprés, aunque en la práctica no lo es tanto.A lo largo de 2024 hubo 24 demandas civiles por okupaciones en toda la provincia. Una cifra inferior a los 38 que hubo en 2023, los 44 del año anterior o los 30 de 2021. La mayoría de estos casos se producen en viviendas abandonadas, pero en muchas ocasiones no es así. Un claro ejemplo de esto es laokupación de una casa de la calle Pardavila propiedad de una viguesa en la actualidad afincada en Alemania. Esta mujer lleva tres años de lucha judicial para recuperar la que fue la casa de sus padres, que le dejaron a ella en herencia, que ha sido sucesivamente okupada por distintas personas. Tras intentarlo en la vía penal, ahora pleitea en la civil.
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