Centenares de edificios de Vigo, «obligados» a instalar ascensores

La modificación de un artículo de la ley de Propiedad Horizontal prohibirá a comunidades de vecinos vetar las obras para asegurar la accesibilidad a mayores y discapacitados

Vecinos de un edificio, en elascensor para subir a sus pisos.

Vecinos de un edificio, en elascensor para subir a sus pisos. / Pablo Gamarra

El parque de vivienda de Vigo presenta serias deficiencias en materia de accesibilidad. Sin ir más lejos, FARO publicaba la pasada semana que la mitad de los pisos que estaban a la venta en la ciudad se ubicaban en edificios que no contaban con ascensor, un elemento básico para las personas mayores y las que tienen problemas de movilidad. Hasta ahora había un resquicio legal que permitía a las comunidades de vecinos vetar las obras para la instalación de elevadores u otros elementos de accesibilidad pese a que en el inmueble residiesen personas mayores o con problemas de movilidad. Pero eso se ha acabado.

La aprobación del Consejo de Ministros del anteproyecto para la reforma de la legislación sobre dependencia y discapacidad modifica el artículo 10 de la ley de Propiedad Horizontal, prohibiendo a las comunidades de propietarios que veten la instalación de ascensores y deban acometer todas las obras necesarias para asegurar la accesibilidad universal de los edificios, al igual que todas aquellas relacionadas con la seguridad. Esta medida afecta por tanto a centenares de edificios de la ciudad que no cuentan con ascensor y que deberán colocarlos. Pero, obviamente, no estarán obligados a autofinanciarse integralmente esa reforma.

La norma también prevé, tal y como aseguran desde el Colegio de Administradores de Fincas de Galicia (Coafga), que todas las administraciones con competencias en vivienda tengan que habilitar subvenciones y ayudas de cara a facilitar dichas obras. Además, «las comunidades de vecinos tendrán la obligación de solicitar aquellas opciones de financiación para obras de accesibilidad que los propietarios proporcionen», especialmente cuando alguno de los residentes sea una persona mayor o que tenga cualquier problema de movilidad.

La modificación del artículo número diez de la ley de Propiedad Horizontal también prevé rebajar el importe de las obras o actuaciones que los vecinos deberán asegurar antes de recibir la subvención, pasando del 75 al 70%.

Desembolso económico

Hay que tener en cuenta que muchas comunidades de vecinos de Vigo vetaban hasta ahora la instalación de ascensores para evitar el necesario desembolso económico. Pero ya no lo podrán hacer, porque la nueva norma deja claro que, en los casos de obras encaminadas a asegurar la accesibilidad, el período de repercusión de las doce mensualidades de gastos comunes, que hasta ahora se entendían como tope a partir del cual los vecinos podían rechazar reformas demasiado caras, será en realidad de tantos años como las opciones de financiación disponible lo permitan.

Llama la atención que haya tantos edificios sin ascensor pese a las ayudas impulsadas en los últimos años. El Concello, por ejemplo, activó una línea de subvenciones para inmuebles ubicados en las áreas de rehabilitación integral del Casco Vello, Beiramar, Bouzas, calles Bueu y Moaña, Espiñeiro-Teis, San Pablo, San Roque o Santa Clara.

Tracking Pixel Contents