La Audiencia absuelve a un acusado de abusar de la nieta menor de su expareja
Los jueces ven acreditado una «palmada en la cadera» y un abrazo con un «beso en la mejilla» sin que aprecien «intencionalidad sexual» en esos gestos
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a un hombre que se sentó en el banquillo acusado de haber abusado sexualmente de la nieta de la que fue su pareja durante 20 años. Frente a la petición de 6 años de prisión que realizó la Fiscalía, los magistrados lo exculpan al considerar que en los hechos que se pudieron acreditar, una palmada en la cadera y un abrazo con un beso en la mejilla, no se aprecia intencionalidad sexual. La resolución judicial, emitida en diciembre, ya es firme al no haber sido recurrida.
La sala declara como hechos probados que el hoy absuelto, natural de Perú , convivía en Vigo con su pareja y la nieta de ésta, de la misma nacionalidad, y que en una ocasión, en 2020, cuando la menor tenía 12 años de edad, le dio «una palmada en la cadera». En otra fecha, a principios de enero de 2021, cuando la niña estaba en su habitación haciendo los deberes, el hombre la abrazó por detrás y le dio un beso en la mejilla.
Muestras de «cariño»
Los magistrados consideran acreditados estos hechos, admitidos también por el acusado, quien negó ánimo libidinoso e indicó que eran muestras de «cariño» porque la menor, según declaró en el juicio, «era como una hija, como una nieta». Los jueces no ven probado, sin embargo, que el hombre tocara el pecho a la menor por encima de la ropa ni que intentara darle un beso en los labios.
La sala argumenta que la menor, en su declaración, no ofreció un «relato libre» y contestó sin dar detalles que permitan acreditar lo sucedido o solo con «monosílabos». También aprecian contradicciones. Sobre la abuela y el padre de la niña, se indica que son «simples testigos de referencia», pero apuntan, sobre la abuela, que sí vio la palmada y que la mujer «no vio malicia ni connotación sexual» en dicho gesto.
Los psicólogos forenses incidieron en la «pobre educación sexual» de la víctima, algo que a criterio de los magistrados le pudo llevar a «equívoco» en cuanto a la intencionalidad del acusado que, a raíz de estos hechos, se fue a vivir para Ferrol al romperse la relación que tenía con su pareja.
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