Retiran la incapacidad absoluta a un operario del Náutico de Vigo con mieloma: «Puede trabajar en ambientes sin contaminación»

El INSS lo había declarado apto para su profesión habitual, pero los jueces consideran que solo es apto para actividades sedentarias

El hombre trabajaba como operario en el Naútico

El hombre trabajaba como operario en el Naútico / Alba Villar

Carlos Daniel —nombre ficticio— tenía 60 años cuando, en 2021, un mieloma múltiple le impidió continuar con sus tareas como operario de mantenimiento del Real Club Náutico de Vigo. El hombre fue declarado en incapacidad permanente absoluta —la que inhabilita para cualquier tipo de trabajo— y recibió tratamiento para su enfermedad.

Dos años después, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le sometió una revisión en la que constató la mejoría del paciente. Tanto había progresado de su cáncer de médula, a su juicio, que decidieron retirarle la incapacidad. A efectos legales, Carlos Daniel ya podía volver a su puesto con total normalidad.

El hombre, que padecía secuelas por el tratamiento de quimioterapia y por la propia enfermedad, elevó la decisión a los tribunales. El Juzgado de lo Social n.º 3 de Vigo le dio parcialmente la razón y le concedió la incapacidad permanente total, al entender que no podía ejercer su profesión de operario, pero sí otros trabajos «sedentarios y livianos, alejados de ambientes con constada contaminación aérea». La decisión llevaba aparejado el cobro de una pensión vitalicia por el 55% de la base reguladora, de 963,87 euros.

Secuelas

Ni el trabajador ni el INSS quedaron conformes con el fallo y recurrieron al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El primero, para lograr que le concediesen de nuevo la incapacidad absoluta; el organismo público, para que se le impusiese volver al mercado laboral con normalidad. Los magistrados, sin embargo, decidieron avalar el criterio aplicado en la sentencia de instancia.

En una reciente resolución, contra la que aún cabía recurso de casación, se da por válido que el hombre, que sigue acudiendo a revisiones para detectar posibles recaídas de su mieloma múltiple y para el control de toxicidades del tratamiento que todavía recibe, padece secuelas como cansancio y fatiga. Pero, para los togados, eso solo le impide realizar actividades de mediana y gran intensidad, que le obliguen a estar de pie y que le expongan a fuentes de calor.

La otra limitación que se observa en la sentencia es la relacionada con que el trabajador no puede mantener contacto con productos químicos, habituales en las tareas de mantenimiento, y que debe estar alejado de «ambientes con constatada contaminación aérea».

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