Insólita demanda en Vigo: una menor se suma a la denuncia de su madre para exigir conciliación
El TSXG da la razón a la trabajadora y le concede el horario que pedía y una indemnización, pero niega el derecho de la hija a participar en el proceso
La defensa no descarta llevar el caso a instancia superiores al considerar que la chica tiene «interés legítimo» porque se vulneran sus derechos

Salida de trabajadores de la planta de Stellantis / Pablo Hernández Gamarra
Un drama familiar que ha acabado en un insólito conflicto judicial. Una trabajadora de Stellantis Vigo y su hija, de 13 años, denunciaron a la empresa después de que a la madre le denegase una adaptación de jornada. La empleada había hecho esa petición tras la muerte del padre de la menor, que tenía la custodia compartida, de manera que se habían convertido en una familia monoparental y se encontraban en un contexto emocional muy complejo.
Han logrado una victoria a medias: el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le ha concedido a la trabajadora el horario que reclamaba y una indemnización de 2.800 euros —pedía 15.000—; sin embargo, le ha denegado a la menor la posibilidad de participar en el proceso y, por tanto, también la compensación de 15.000 euros que reclamaba por vulneración de su derecho a no ser discriminada por circunstancias familiares y de su derecho a la integridad física y moral y a una protección integral.
La original idea de que la hija formase parte del pleito partió del abogado Javier de Cominges, del despacho Zeres, tras escuchar el relato de la empleada. El letrado argumenta a FARO que la menor, ya adolescente, tiene plena consciencia de lo que le está ocurriendo a su madre y del perjuicio que a ambas les supone la denegación de la adaptación de jornada.
Por ello, está convencido de que tiene «un interés legítimo» en el procedimiento y, de hecho, no da por terminado el recorrido de la reclamación. Stellantis ha recurrido ante el Tribunal Supremo —la defensa no puede porque no existe ninguna sentencia en España en la que puedan basarse— y una vez que el fallo sea firme examinarán la opción de acudir al Tribunal Constitucional.

Javier de Cominges, en una imagen reciente / Adrián Irago
De momento, tanto el Juzgado de lo Social n.º 4 de Vigo como el TSXG se han ceñido a la letra de la legislación, según la cual solo las personas trabajadoras, y en algunos casos los sindicatos, tienen «legitimación activa» para reclamar sus derechos laborales. «No cabe incluir a los menores de edad ajenos a la relación laboral, aun cuando tengan un interés legítimo relacionado con el que pueda mantener su progenitor», esgrimen los magistrados.
Se suman así a los argumentos de Stellantis, que a mayores defendió que, de aceptar la idea de Javier De Cominges, todos los hijos de trabajadores que demanden podrían sumarse a los pleitos «porque siempre van a ser parte indirectamente afectada, buscándose con ello, simplemente, duplicar las posibles indemnizaciones»
Razón para la madre
La otra pata del pleito, sin embargo, ha resultado favorable a la trabajadora, que, si el Supremo no revierte la decisión, podrá gozar de una jornada de mañana que le permita compartir tiempo por la tarde con su hija.
La trabajadora contaba desde 2012 con una reducción de jornada para cuidado de la menor, tareas de crianza que compartía con el padre. La situación familiar, en cambio, vivió un cambio radical cuando en marzo de 2022 se le diagnosticó una enfermedad grave al progenitor. La mujer pidió entonces otro horario, solo de mañana, que le fue concedido por un año, mientras se mantuviesen esas circunstancias familiares.
Deceso del padre
Unos meses después del fallecimiento del hombre, en abril de 2023, la empresa le comunicó que, una vez su hija había cumplido 13 años, tendría que retomar su horario anterior, con turnos de mañana y de tarde. En ese segundo caso, apenas podía ver a la menor a última hora de la noche. Ella, que además es representante sindical por la CUT, insistió en reclamar un horario de mañana, pero la empresa se escudaba en que en su plan de igualdad no cabe la opción «individualizada» que proponía. Por el medio de todo el proceso ha estado de baja por trastornos ansioso-depresivos.
Su defensa, en cambio, se basó en que la nueva redacción del Estatuto de los Trabajadores, posterior a la firma del plan de igualdad, amplía las opciones para solicitar adaptaciones de jornada por conciliación. Entre ellas, las del cuidado de hijos menores con más de 12 años, como es el caso, a lo que se suman las especiales circunstancias del caso, con la chica en pleno luto.
La empresa replicó que ese nuevo articulado del Estatuto exige que la persona a cuidado del trabajador «no pueda valerse por sí misma», pero los jueces que han visto el caso rechazan esa interpretación y defiende que basta que se den «necesidades de cuidado».
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