Condenado por ahogar y causar una muerte «lenta y dolorosa» al perro de su novia
La jueza le impone un año y ocho meses de prisión debido a la «crueldad manifiesta» del acto, cometido con el fin de dañar a la que era su pareja

Un reciente acto celebrado en Madrid contra el abandono y el maltrato animal. / Eduardo Parra / Europa Press
Un acto de una «crueldad manifiesta» cometido con el fin de dañar a la que en esos momentos era su compañera sentimental. La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo ha impuesto una condena de un año y ocho meses de prisión como autor de un delito contra animal doméstico al hombre que ahogó hasta la muerte a «Leila», la perra de raza schnauzer que era propiedad de su novia.
Los hechos ocurrieron la noche del 10 de junio de 2023, tras una discusión entre la entonces pareja. Cuando la joven se fue a su dormitorio él, «con el fin de menoscabar la integridad física y la vida» del can, lo agarró manteniendo la cabeza del mismo sumergida en el agua que había en el cubo de la fregona. La mujer salió de su habitación, lo sorprendió y trató de reanimar a su mascota, pero ya no fue posible. La necropsia que se le realizó confirmó el ahogamiento al detectar lesiones compatibles con esta causa. «Leila» tenía 17 años.
Circunstancia agravante
El acusado, en el juicio celebrado en diciembre, se declaró inocente alegando que fue un accidente fortuito ocurrido al engancharse la perra por el collar en el cubo de la fregona. Pero el testimonio de su exnovia y de una vecina desmontó esta versión exculpatoria. La jueza lo considera autor del delito recogido en el artículo 340 bis del Código Penal y aplica la circunstancia agravante prevista en el apartado 2g) por cometer el hecho «para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico» a quien «sea o haya sido» su pareja.
La magistrada destaca la «crueldad manifiesta» de estos hechos, consistentes en sumergir al animal en el agua causándole una muerte «lenta y dolorosa». Y concluye que no solo fue un atentado contra el «bienestar animal», sino también «un menosprecio hacia los derechos y sentimientos» de su expareja, la dueña de la perra, motivo por el cual impone al acusado el pago de una indemnización de 5.000 euros por el valor del animal y el perjuicio moral ocasionado. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación.
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