Indemnizan con 50.000 euros a un trabajador de una empresa de Vigo que fue atropellado por culpa de un pasillo mal diseñado
El TSXG sentencia que el accidente laboral ocurrió porque era imposible mantener la distancia de seguridad
Un error en el diseño de un pasillo, que provocó el atropello de un trabajador por parte de un compañero que conducía una carretilla, le ha costado 50.000 euros en concepto de indemnización a una empresa de la automoción del área de Vigo. El empleado, por su parte, sufre secuelas en una pierna y se le ha declarado una incapacidad permanente parcial.
El accidente laboral ocurrió en febrero de 2020, pero no ha sido hasta finales del recién terminado 2024 que la Justicia ha esclarecido las responsabilidades del mismo. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) refrenda la sentencia emitida por el Juzgado de lo Social n.º 5 de Vigo y considera que Lear, con plantas en O Porriño y Valadares, es la única culpable del siniestro. A la multinacional estadounidense solo le queda el cartucho del recurso de casación.
Los hechos ocurrieron cuando el trabajador, con más de 13 años de experiencia en la empresa y categoría de encargado, fue alcanzado por la carretilla, que en ese momento estaba dando marcha atrás. Su pierna quedó atrapada entre el vehículo y la máquina en la que estaba operando.
Tras una baja de un año y medio, el empleado se reincorporó en un puesto adaptado, ante sus limitaciones para mantenerse en pie. Además, en otro procedimiento judicial paralelo, el Juzgado de lo Social n.º 7 de Vigo le concedió la incapacidad permanente parcial.
A diferencia de la Inspección de Trabajo, que no vio ningún incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales, los jueces que examinaron el asunto consideran que las características del corredor impedían cumplir las distancias de seguridad impuestas por la propia empresa en su evaluación de riesgos: «Si el pasillo hubiera tenido una anchura suficiente para garantizar la distancia de seguridad entre la carretilla y el peatón, el accidente no se hubiera ocasionado».
Medidas a posteriori
En los hechos probados, además, consta que después del siniestro laboral la empresa prohibió la circulación de las carretillas por los pasillos similares al de los hechos, siempre que hubiese personal en el mismo. Después incrementó la medida de seguridad y cerró el paso en toda circunstancia a estos vehículos, que fueron substituidos por apiladores o transpaletas.
La demanda del empleado no solo iba contra Lear, sino también contra el conductor de la carretilla, que solo llevaba unas semanas contratado, y contra Adecco, que se encarga de subcontratar estos operarios. Sin embargo, los magistrados remarcan que no cabe achacar «ninguna culpa» a los dos involucrados en el accidente porque el diseño del pasillo «no es imputable» a estos operarios.
Así pues, el TSXG confirma que Lear deberá abonar 50.000 euros, más los intereses legales, a su empleado, además de asumir las costas procesales por valor de 750 euros.
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