¿Accidente en cadena o dos siniestros distintos? 11.000 euros en juego por un choque múltiple en la A-55
Una conductora, sin responsabilidad en la colisión, logra en los juzgados que le indemnicen pese que no quedó claro de quién fue la culpa
![Imagen de un accidente en cadena en la A-55](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/514560ca-afc2-4037-bef1-ec644b60da07_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Imagen de un accidente en cadena en la A-55 / FDV
Con el disparado índice de siniestralidad que registra, no sorprende ver un accidente ocurrido en la A-55 como protagonista de un rocambolesco conflicto judicial. Lo raro, de hecho, es que no suceda más a menudo. El caso es que en uno de esos 100 siniestros anuales, con tres vehículos implicados, hubo discrepancias sobre quién debía asumir la indemnización de más de 11.000 euros para una conductora que resultó lesionada.
El suceso, ocurrido en 2019, fue como tantos que suceden en los saturados carriles de la autovía. La mujer conducía su Renault Megane en dirección Vigo, a la altura de las curvas de Tameiga, cuando se percató de que el tráfico estaba congestionado, así que frenó a tiempo. También redujeron la velocidad el coche que iba detrás, un Ford Focus, y el siguiente, un Citröen C4. Los tres, sin embargo, acabaron chocando y con daños materiales; en el caso de la primera, también sufrió lesiones.
¿Qué ocurrió, una colisión en cadena con el último de la fila como responsable o dos golpes independientes en el que la única libre de culpa fue la conductora del Megane y principal perjudicada? Las pruebas, concluye la Audiencia Provincial de Pontevedra en una reciente sentencia, no permiten llegar a una conclusión «sobre la forma en que se produjo el accidente». Entonces, ¿quién paga?
Discrepancias judiciales
![El accidente múltiple en la A-55.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/51587c0b-40ff-4d6c-91f7-d411a55ab399_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
Un accidente múltiple en la A-55. / FDV
En un primer momento, la aseguradora del tercer vehículo, Generali Seguros, abonó todas las reparaciones: la de la parte delantera de ese coche, la trasera y la delantera del segundo y, por último, la trasera del primero en frenar. Parecía que asumía que la responsabilidad era de su asegurado: al no frenar a tiempo chocó con el Focus y este, que en principio sí había logrado evitar el impacto, resultó lanzado hacia el Megane.
Esta última conductora, oftalmólogoa en el hospital Meixoeiro, estuvo de baja 159 días y sufre secuelas en forma de dolores cervicales. Por todo ello reclamaba 11.055,81 euros, pero se encontró con que Generali rechazaba hacerse cargo. La mujer recurrió a los tribunales, pero el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de O Porriño absolvió a la aseguradora. A su entender, de los partes amistosos y de las declaraciones en el juicio se desprende que el segundo choque fue independiente del primero.
Responsabilidad solidaria
La Audiencia Provincial, en cambio, ha sentenciado en el sentido de condenar a Generali Seguros a asumir la indemnización. Los magistrados, tras analizar todas las pruebas, llegan a la conclusión de que no es posible «extraer más allá de toda duda razonable una conclusión sobre la forma en que se produjo el accidente». Es cierto que se cubrieron dos partes amistosos independientes, pero eso no resulta concluyente. Las versiones que dieron ambos testigos implicados fueron contradictorias y creíbles ambas.
Y en estos casos de indefinición, razona el fallo, la jurisprudencia dicta se debe aplicar la responsabilidad solidaria, es decir, que cada uno de los conductores implicados debe asumir el 50 por ciento de los costes. Para el caso de Mos, las aseguradoras del Focus y del C4 tendrían que pagar a medias los daños del Megane y las lesiones y secuelas de su conductora.
Como este litigio solo iba dirigida contra una de las compañías, se le condena a esta en solitario, «sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponderle frente a los corresponsables». Es decir, que la sentencia abre la vía para que Generali Seguros reclame el 50 por ciento a la aseguradora del segundo conductor.
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