¿Hay un control real en las tutelas?

El juez que instruye el crimen de Lavadores requirió al juzgado de Familia que declaró la incapacidad del investigado cuáles eran las funciones que debía adoptar la Funga sobre él

Asesinato en Vigo de María del Carmen, presuntamente acuchillada en el cuello por su hermano afectado con esquizofrenia Juan D.E., cuando fue a asistirlo en su casa de la calle Curros, en la parroquia de Lavadores. Miembros de la Policía Nacional en la puerta de la casa.

Asesinato en Vigo de María del Carmen, presuntamente acuchillada en el cuello por su hermano afectado con esquizofrenia Juan D.E., cuando fue a asistirlo en su casa de la calle Curros, en la parroquia de Lavadores. Miembros de la Policía Nacional en la puerta de la casa. / Marta G. Brea

Pasados ocho meses del crimen de Mari Carmen Docampo en la parroquia viguesa de Lavadores, la investigación judicial ha ido dando respuestas a muchas cuestiones. El quién fue resuelto prácticamente a las pocas horas del hallazgo del cadáver: su hermano Juan, de 63 años, fue localizado en su habitación del domicilio familiar donde se produjo el homicidio con restos de sangre en su pie izquierdo y la supuesta arma del crimen, un cuchillo, en su mesilla de noche. El porqué, a vista de los médicos-forenses del Imelga, también tiene contestación: una descompensación psicótica causada probablemente por no tomar durante meses la medicación para la esquizofrenia por drogadicción que padecía.

Tutela judicial

Frente a estas certezas, surgen otros muchos interrogantes. Juan Docampo estaba incapacitado judicialmente a raíz de su enfermedad mental y era la Fundación Pública Galega para a Tutela de Persoas Adultas (Funga) en régimen de curatela la que ejercía su tutela, pero ¿quién controlaba que tomase su medicación?, ¿quién debía de hacerlo?, ¿se hizo?, ¿se cumplieron los protocolos?, ¿hay más de un responsable?, y el más importante de todos: ¿se pudo haber evitado el crimen?

Exhorto a Familia

Para darles contestación, el juez de Instrucción nº 2 de Vigo que dirige la causa ofició un exhorto al Juzgado de Familia que declaró la incapacidad del sexagenario en el que se detalle qué funciones tenía que adoptar la Funga respecto a Juan, es decir, en qué consistía su curatela. Y es que ésta no suplía la falta de capacidad de obrar de Juan, sino que se limitaba a complementar con su asistencia el consentimiento en determinados actos que según la por resolución judicial no podía realizar por sí mismo: controles médicos, control del dinero, actos jurídicos, firma de poderes, etc. Atendiendo a la situación personal y del estado del incapacitado, el juzgado de Familia determina cuáles son las actividades que no puede realizar por sí mismo y se las ‘encarga’ o deriva, en este caso, a la Funga.

Petición a Alborada

¿Debía esta institución vigilar que Juan cumplía con las pautas de su medicación? Y es que llevaba casi medio año sin tomarla. La dispensación de los fármacos para el control de su esquizofrenia se llevaba a cabo en las dependencias de Alborada.

A la asociación también se dirigió, en su afán por descubrir qué falló en el tratamiento de la tutela, el juez de Instrucción nº 2 de Vigo, quien solicitó al médico que lo trataba si desde la Funga existía «un protocolo» por el debían informar a esta fundación pública si alguien no cumplía con la inoculación de los fármacos asignados o no asistía a las citas médicas.

La respuesta fue clara: «en ningún momento nos comunican tal protocolo»; de manera que la cadena de vigilancia y supervisión de una persona incapacitada judicialmente queda rota. Como diría el refrán, unos por otros y la casa sin barrer.

A este cruce de responsabilidades todavía le falta un tercer desvío: la Fundación Aldaba. Y es que la Funga asume la tutela de todas las personas incapacitadas judicialmente a nivel autonómico, y al ser miles los usuarios, deposita o delega en cada provincia el seguimiento de los pacientes a determinadas asociaciones, que en el caso de Vigo es Aldaba.

Tampoco existen protocolos por los que Aldaba deba informar a la Funga de si un usuario cumple o no con la medicación, y en este caso, como desde la asociación viguesa no informaron, la Funga tampoco realizó vigilancia alguna al sujeto.

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